Suprema Corte prohíbe uso de fotografías con fines comerciales tras caso de la Reina del Sur
La Suprema Corte de Justicia avaló proyecto para prohibir el uso de la imagen de una persona con fines comerciales sin su consentimiento.

En una decisión que marca un antes y un después sobre el uso de la imagen, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el uso de fotografías o imágenes con fines comerciales está prohibido sin el consentimiento explícito de la persona retratada, lo que marca un límite jurídico frente a empresas de comunicación y productoras audiovisuales.
Este criterio quedó establecido luego de la sentencia definitiva del Pleno del máximo tribunal, que por unanimidad rechazó el amparo interpuesto por la cadena de televisión estadounidense Telemundo, la cual buscaba anular una multa impuesta por utilizar la imagen de Sandra Ávila Beltrán, conocida como la Reina del Pacífico, para promocionar la exitosa serie La Reina del Sur.
La demanda por ‘La Reina del Sur’
Sandra Ávila Beltrán emprendió acciones legales contra Telemundo al considerar que utilizó su identidad para dar vida al personaje de Teresa Mendoza, interpretado por la actriz Kate del Castillo, en la serie La Reina del Sur.
Argumentó que se usaron fotos y videos suyos en la construcción de la protagonista y para promocionar la producción con un fin comercial y no informativo, lo que generó ganancias de hasta 800 millones de dólares solo en la segunda temporada.
Ávila Beltrán busca exigir hasta el 40 por ciento de las ganancias obtenidas por la producción de la serie La Reina del Sur.
Ante esto, la Corte confirmó que Telemundo debe pagar una sanción de 448 mil pesos, impuesta originalmente en diciembre de 2021 por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) por la difusión de material audiovisual y fotográfico sin autorización, con fines promocionales y comerciales.
El fallo avala dos artículos de la Ley Federal del Derecho de Autor, que establecen que la imagen de una persona sólo puede ser usada sin su consentimiento cuando se captó en un lugar público con fines informativos o periodísticos, pero no cuando se explota con un fin de lucro o comercial.
Corte defiende derecho a la privacidad
Durante la sesión donde fue presentado el proyecto del ministro presidente Hugo Aguilar, los ministros de la Suprema Corte subrayaron que la difusión de material visual de personas debe respetar su dignidad y privacidad y que el derecho a la propia imagen prevalece sobre argumentos de libertad de expresión.
La Corte determinó que servir de referente para una serie de ficción, aunque se base parcialmente en hechos reales, no convierte a dicho uso en actividad periodística o de interés público.
Los ministros y ministras coincidieron en que la protección de la propia imagen y la intimidad son derechos constitucionales que no pueden ser vulnerados por empresas con fines de lucro.
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Periodista con más de 12 años de experiencia en medios digitales. En Radio Fórmula Digital escribo temas de hard news, breaking, política y economía. Trabajé en el diario Reforma como coeditora web. Soy egresada de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, con especialidad en periodismo. Ver más














