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Suprema Corte frena a Puebla: invalida el delito de ciberasedio que castigaba el hostigamiento en redes

El Pleno definió que las personas no pueden ser sancionadas con cárcel por el simple hecho de ejercer la libertad de expresión.

La Suprema Corte invalidó una Ley que existía en Puebla Canva Especial
La Suprema Corte invalidó una Ley que existía en Puebla Canva Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación le acaba de meter un frenón en seco a Puebla y es que acaban de invalida el delito de ciberasedio que castigaba el hostigamiento en redes con hasta 3 años en la cárcel. Todo porque es ‘ambiguo’.

A través de redes sociales, la Corte dio a conocer que el Pleno determinó que el tipo penal era ambiguo, pues utilizaba términos como “vigilar”, “hostigar”, “ofender” o “intimidar” sin explicar su alcance ni cuándo realmente causan daño.

Por eso no quedaba claro cuáles eran las conductas que se podían castigar ni los casos en los que aplicaba; ya con esto se violaba el principio de legalidad.

“Una figura tan amplia y vaga no puede usarse para imponer penas de prisión. La Corte subrayó que cualquier regulación en internet debe ser clara, precisa y respetar la libertad de expresión y el principio de mínima intervención penal”; indicó el Pleno.

Asimismo, subrayaron que este tipo de normas pueden afectar el debate público porque se expone a las personas a un riesgo de enfrentar procesos penales por el simple hecho de ejercer su libertad de expresión en sus redes sociales.

Incluso, aclararon que las supuestas conductas que se castigaban como el acoso, la vigilancia indebida o la intimidación no quedan impunes porque ya existen otras leyes que protegen a las personas, incluso en entornos digitales.

¿De qué trataba la ley del Ciberacoso en Puebla?

  • Estaba registrada en el artículo 480 del Código Penal para el Estado de Puebla.
  • Quedó vigente desde el 2025.
  • Imponía penas de 11 a 3 años de cárcel por el uso de redes sociales para hostigar, vigilar o intimidar.

En términos generales, buscaba castigar a quienes insultaran, ofendieran o agredieran de manera reiterada a otra persona mediante medios digitales.

También contemplaba otros delitos digitales como suplantación de identidad, fraude en línea o contacto indebido con menores, pero el punto más polémico fue precisamente el castigo a expresiones en redes. Así que ahora la ley de Ciberacoso se fue al olvido por la Suprema Corte.

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