Nacional

Suprema Corte vs. gentrificación en CDMX: confirma que rentas no podrán subir arriba de la inflación y que se vigilarán precios

La Suprema Corte confirmó que rentas en CDMX no podrán subir por encima de la inflación, además de que se realizará un registro sobre arrendamientos.

La Suprema Corte puso freno a incrementos desproporcionados en rentas de viviendas en la CDMX. Crédito: Daniela Mena
La Suprema Corte puso freno a incrementos desproporcionados en rentas de viviendas en la CDMX. Crédito: Daniela Mena

En un fallo para regular el mercado de arrendamientos, la Suprema Corte de Justicia confirmó la constitucionalidad de una norma capitalina que impide que las rentas de vivienda en la Ciudad de México superen la inflación anual.

La decisión busca frenar incrementos desproporcionados que han derivado en la gentrificación y la precarización del acceso a la vivienda en zonas urbanas.

El Pleno de la Corte validó el artículo 2448-D del Código Civil de la CDMX, que establece que, una vez pactada una renta inicial, cualquier aumento anual no podrá exceder el porcentaje de inflación registrado en el año anterior de acuerdo con las estadísticas oficiales.

“El incremento de la renta de vivienda no puede exceder la inflación anual reportada por el Banco de México en el año anterior”, indica el fallo.

Asimismo, la medida no congela los precios ni elimina el derecho a los propietarios de vivienda a fijar el monto inicial de la renta junto con otras condiciones de arrendamiento en un contrato, pero actúa como un tope para los ajustes anuales, al tomar en cuenta que los costos han subido de forma sostenida en los últimos años, sobre todo en algunas zonas específicas.

#Revisión2025 Gentrificación y vivienda: Felipe Leal habló sobre la crisis urbana

Registro y vigilancia de rentas

Además del límite inflacionario, los ministros confirmaron la constitucionalidad del Registro Digital de Contratos de Arrendamiento impulsado por el Gobierno de la CDMX.

Este mecanismo permitirá recopilar datos sobre precios de renta, ubicación y ajustes acordados, con el propósito de monitorear tendencias del mercado sin vulnerar la protección de datos personales.

Durante la sesión, se discutió hasta qué punto el registro puede recabar información sin invadir la privacidad de arrendadores o arrendatarios.

No obstante, se acordó que sólo se incluirán datos estrictamente necesarios para análisis estadístico y seguimiento de precios, descartando detalles personales sensibles.

Es por ello que el registro únicamente podrá incluir el monto de la renta y el incremento pactado, así como la colonia y alcaldía del inmueble. Mientras que el resto de las cláusulas como la descripción detallada del inmueble, lugar de pago de la renta, garantía, término del contrato, entre otras, deben quedar excluidas.

Defensores de la medida sostienen que limitar incrementos por encima de la inflación protege el derecho a la vivienda y ayuda a contener procesos de gentrificación que han transformado diversas colonias.

Por su parte, sectores inmobiliarios han señalado que la regulación podría desincentivar la oferta si no se acompaña de otras políticas que impulsen más vivienda asequible.

Logo Guacamole
Logo Guacamole