Nacional

Prima de antigüedad: quiénes la reciben y cuánto dinero te toca, según la Ley del Trabajo

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece los lineamientos para recibir la prima de antigüedad y quiénes la reciben en caso de fallecimiento. 

Conoce cuánto te toca de prima de antigüedad en caso de ser despedido.
Conoce cuánto te toca de prima de antigüedad en caso de ser despedido.

Una de las prestaciones laborales que pueden recibir las y los trabajadores es la prima de antigüedad, este beneficio lo reciben todos los trabajadores de planta que sean despedidos de su empleo o en caso de fallecimiento; a continuación te decimos cuánto dinero te toca, según la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Cuánto te toca de dinero por prima de antigüedad

En el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) se establece que la prima de antigüedad equivale a 12 días de salario por cada año de servicio, por ejemplo, una persona que ha trabajado por cinco años puede recibir hasta 60 días de salario.

A su vez, el artículo 485 establece que la cantidad fijada para dar las indemnizaciones “no podrá ser inferior al salario mínimo”. La prima de antigüedad también la pueden recibir las personas que se separan voluntariamente, siempre y cuando, tengan 15 años de servicio.

En el caso de que el trabajador fallezca puede recibir la prima de antigüedad, sin importar su tiempo dentro de la empresa y el monto que le corresponde equivale a cinco mil días de salario, según lo establecido en el artículo 502 de la LFT.

Y es importante mencionar que la prima de antigüedad se entrega en los casos antes mencionados, “independientemente de cualquier otra prestación que les corresponde”, refiere el artículo 502. Por ejemplo, pueden recibir su finiquito.

¿Qué derechos tienen las personas con riesgo de trabajo?

En el caso de las personas que tienen riesgo de trabajo pueden recibir los siguientes derechos, de acuerdo con el artículo 487 de la LFT:

  • Asistencia médica y quirúrgica.
  • Rehabilitación.
  • Hospitalización.
  • Medicamentos y material de curación.
  • Aparatos de prótesis y ortopedia.

Todos estos beneficios los pueden recibir junto a la indemnización antes mencionada, según la normativa. Pero el patrón puede no otorgarlos en caso de que el riesgo de trabajo (o accidente) haya ocurrido mientras el trabajador estaba ebrio o drogado, si lo hace con intención, o derivado de una riña o intento de suicidio.

Si un accidente o riesgo de trabajo ocurre a causa de torpeza del trabajador, así como negligencia de algún compañero del trabajo, el patrón sí está obligado a efectuar la indemnización correspondiente y dar la asistencia médica antes mencionada.

Periodista con 10 años de experiencia en medios impresos y digitales (Récord, Referee y Quinto Poder). Coeditor web de hard news con enfoque en temas de política, seguridad, justicia, sociedad, CDMX y Mundo. En Radio Fórmula desde 2021.Cursé mis estudios en la UNAM Ver más


Más Noticias



Logo Guacamole
Logo Guacamole