Día del Trabajo: ¿cuánto es lo menos que te deben pagar si laboras ese día y qué hacer si no recibes el dinero? Esto dice la Profedet
La Profedet explica cuánto deben recibir trabajadores por laborar el 1 de mayo y qué hacer si no reciben la cantidad correspondiente.

Esta semana hay puente vacacional por el 1 de mayo, fecha en la que se conmemora el Día del Trabajo, sin embargo, hay muchos trabajadores que sí laboran y deben saber de cuánto es el pago mínimo que deben recibir y qué hacer si no reciben lo justo.
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 1 de mayo es una fecha marcada como día de descanso obligatorio y quienes laboren ese día deben recibir una remuneración específica, indica la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
¿De cuánto es el pago mínimo por trabajar el 1 de mayo?
Trabajadores que laboran el día feriado deben recibir un salario doble por su servicio prestado, independientemente de su salario diario, por lo que verán reflejado un pago triple en su próximo recibo de nómina por trabajar el 1 de mayo, así lo establece el artículo 75 de la LFT.
Por ejemplo, si una persona recibe diariamente un salario mínimo de 315.04 pesos, por trabajar el 1 de mayo deberá recibir un total de 945.12 pesos, indica la Profedet.
Y es que recibirán su salario diario de 315.04 pesos, más el pago doble por trabajar el día feriado (630.08 pesos), suma un total de 945.12 pesos.
¿Qué hacer si no recibes tu pago extra?
Quienes laboren el Día del Trabajo y no vean reflejado su pago triple en su recibo de nómina, pueden denunciarlo ante la Profedet, que brinda apoyo de orientación y defensa legal de manera gratuita.
Las oficinas de la Procuraduría en la Ciudad de México están ubicadas en el número 311 de Eje 4 Norte, perímetro de la colonia Santo Tomás, alcaldía Azcapotzalco.
Para saber la ubicación de las oficinas de la Profedet en las otras entidades del país, trabajadores pueden consultarlo en su página oficial, disponible en este link.
También pueden solicitar apoyo a través de los siguientes canales:
- Vía telefónica: 55 50 03 10 00 (Extensión: 44741, 44780, 44781, 44785, 44786 y 44699).
- Línea del Gobierno de México: Marcando al 079.
La Profedet reitera a la población que ningún servidor público puede cobrar por asesoría u orientación, y en caso de detectar irregularidades o intentos de cobro, la denuncia puede realizarse al correo quejasdelservicio@stps.gob.mx o al número 55 59 98 20 00 (ext. 44750 y 44917).
Trabajadores deben tomar en cuenta que "el descanso es un derecho del trabajador, no una concesión del patrón", señalan especialistas en derecho laboral y la propia Profedet.
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Comunicóloga de la CDMX egresada de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (FCPyS) de la UNAM. Ahora escribo sobre política, nacionales, seguridad, metrópoli y también estilo de vida. Antes, editora vial en Grupo Radio Centro y colaboradora en agencias de comunicación. Ver más











