CDMX

Multas en CDMX: confirman nuevas sanciones para estos conductores

Conductores que scooters y bicis eléctricas que no cumplan con nuevas reglas serán sancionados con multas en CDMX.

Conductores de scooters serán multados si incumplen con nuevas reglas. Crédito: Cuartoscuro y Canva
Conductores de scooters serán multados si incumplen con nuevas reglas. Crédito: Cuartoscuro y Canva

Con la legislación recién avalada en el Congreso de la CDMX, se prevén nuevas multas a conductores de bicis eléctricas y scooters que no cumplan con lineamientos recientes.

Según las reformas a la Ley de Movilidad, ahora los conductores de vehículos motorizados, que superen los 25 kilómetros por hora, deberán cumplir con:

  • Licencia
  • Casco
  • Tarjeta de circulación
  • No pueden ir en ciclovías ni banquetas
  • Respetar los límites de velocidad
  • Registrarse ante la Semovi

Quienes incumplan con este nuevo reglamento recibirán sanciones y multas establecidas por autoridades capitalinas.

Las medidas buscan mejorar la seguridad de peatones, ciclistas y conductores, según la Jefa de Gobierno, Clara Brugada.

¿Cuál será la multa para conductores de scooters sin licencia?

El dictamen prevé un plazo de 360 días para que las medidas entren en vigor y el gobierno haga las adecuaciones necesarias para que los conductores realicen los trámites necesarios.

Es por ello que hasta el momento las multas para conductores de scooters y bicis eléctricas no han sido precisadas en la minuta. No obstante, la mandataria capitalina estimó que en septiembre podían comenzar campañas para informar lo que está permitido y lo que no, así como las sanciones correspondientes.

Actualmente, el Reglamento de Tránsito de la CDMX prevé multas para conductores de vehículos motorizados que no porten licencia que van de 10 a 20 veces el valor de la UMA (Unidad de Medida y Actualización), lo que equivale a entre 1,131 y 2,262 pesos.

Además del pago, el vehículo puede ser retenido y llevado al corralón, lo que genera costos adicionales por arrastre y resguardo.

Los motociclistas deben portar la licencia tipo A1, A2, o A permanente, expedida entre 2003 y 2007. Mientras que la licencia para conductores de scooters y bicis eléctricas será según el tipo de vehículo:

  • Tipo A: para los que pesen menos de 35 kilos
  • Tipo B: para los que pesen entre 35 y 350 kilos
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