CDMX

Si tu scooter tiene esta característica deberás portar licencia y placas

Conductores de scooters y bicis eléctricas deberán portar licencia y placas de manera obligatoria en la Ciudad de México. 

Algunos scooters serán parte de la nueva categoría: Vehículo Motorizado Eléctrico Personal. Crédito: Canva
Algunos scooters serán parte de la nueva categoría: Vehículo Motorizado Eléctrico Personal. Crédito: Canva

Debido a que el uso de scooters es cada vez más común en la CDMX, el Gobierno capitalino avaló su regulación con el uso obligatorio de licencia y placas para quienes conducen estos vehículos.

Es por ello que si eres de los que lo usan en el vida cotidiana, debes revisar sus características para determinar si debes tramitar o no la documentación necesaria.

Los scooters que deben cumplir con las nuevas medidas de la Ley de Movilidad son los que tengan como principal característica: que alcancen una velocidad superior a los 25 km/h.

Con ello formarán parte de la nueva categoría denominada Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE) y conductores deberán tener:

  • Licencia
  • Placas
  • Tarjeta de circulación
  • Casco y chaleco antireflejante
  • Usar luces encendidas todo el tiempo
  • No circular por banquetas, ciclovías o carriles exclusivos del transporte público

¿Cuándo deberán tramitar su licencia los conductores de scooters?

El dictamen establece un plazo de 360 días para que autoridades y gobierno realicen los procesos y adecuaciones necesarias para llevar a cabo los trámites y documentación necesaria.

La jefa de Gobierno, Clara Brugada, informó la semana pasada que en septiembre se prevé iniciar con campaña para que conductores de VEMEPEs sepan lo que está prohibido y las sanciones correspondientes.

Asimismo, se prevé que para diciembre comience la regulación con la emisión de licencias y placas.

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