CDMX

Licencia de Conducir Permanente: ¿aplica para scooters y bicicletas eléctricas? Esto sabemos

El Congreso de CDMX avaló reformas a la Ley de Movilidad para hacer obligatoria la licencia a conductores de scooters y bicis eléctricas. 

CDMX hizo obligatoria licencia para conductores de scooters y bicis eléctricas. Crédito: Canva y Cuartoscuro
CDMX hizo obligatoria licencia para conductores de scooters y bicis eléctricas. Crédito: Canva y Cuartoscuro

En la Ciudad de México todos los conductores de vehículos están obligados a portar licencia, incluso quienes manejan scooters y bicis eléctricas, según las recientes reformas aprobadas por el Congreso Capitalino.

Pero si te preguntabas si tu licencia de conducir permanente aplica también para estos vehículos motorizados, debes saber que no.

Hasta el momento, la licencia permanente en la CDMX sólo es válida para automóviles y en el caso de la licencia permanente antigua, para motos.

Actualmente, la Ley de Movilidad establece en el artículo 64 la obligación de licencia para conductores de vehículos motorizados.

“Todo conductor de vehículo motorizado en cualquiera de sus modalidades, incluyendo a los motociclistas y personas conductoras de vehículos motorizados eléctricos personales, deberá contar y portar licencia correspondiente al tipo de vehículo para conducir junto con la documentación establecida por esta Ley y otras disposiciones aplicables de acuerdo con las categorías, modalidades y tipo de servicio”, se lee en el documento oficial publicado en la Gaceta parlamentaria de la CDMX.

Con la reforma se creó una nueva categoría denominada Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE), que agrupa a scooters, bicicletas eléctricas y bicimotos con las siguientes características:

  • Que tengan dos o más ruedas
  • Acelerador independiente
  • Alcanzan una velocidad superior a 25 km/h

Asimismo, se dividirán en dos tipos de acuerdo con su peso:

  • Tipo A: menos de 35 kilos
  • Tipo B: entre 35 kg y 350 kilos

En estos casos, los conductores deberán tramitar una licencia especifica para este tipo de vehículo, junto con placas.

¿Qué otros requisitos y obligaciones hay para scooters y bicis eléctricas?

  • Tarjeta de circulación
  • Registro ante la Semovi
  • Usar casco y chaleco antireflejante
  • Llevar luces encendidas en todo momento
  • No podrán circular por banquetas, ciclovías o carriles exclusivos para transporte público.

El dictamen prevé un plazo de 360 días naturales para que las medidas entren en vigor y se establezcan los lineamientos necesarios para realizar los trámites y documentación necesarios.

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