Navidad 2025: ¿Te pueden correr de tu trabajo si faltas sin pedir permiso el 25 de diciembre?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece qué pasa cuando las y los trabajadores faltan sin justificación en un día laboral.

El próximo jueves 25 de diciembre se celebra la Navidad y miles de personas tendrán que acudir a su trabajo, pese a que se trata de un día de descanso obligatorio. Pero, ¿te pueden correr de tu empleo si faltas sin pedir permiso? Depende de la situación de cada persona, según la Ley Federal del Trabajo (LFT).
¿Te pueden correr si faltas el 25 de diciembre?
No te pueden correr de tu empleo si faltas el 25 de diciembre, siempre y cuando, no tengas más de tres faltas sin justificar en los últimos 30 días, de acuerdo con lo que establece la fracción X del artículo 47 de la LFT. Si un trabajador tiene más de tres faltas, es motivo para la rescisión del contrato laboral.
Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada", se lee en el artículo antes mencionado.
Pero todas aquellas personas que sí acudan a su trabajo el próximo 25 de diciembre van a recibir una paga doble, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la LFT. Lo anterior porque se trata de un día de descanso obligatorio, conforme a lo establecido por la ley.
Lo mismo aplica para el próximo jueves 1 de enero, cuando las personas que acudan a su trabajo van a recibir una paga doble. El artículo 75 de la LFT establece que la misma platilla laboral tiene que acordar quiénes prestan sus servicios y quiénes descansan.
¿Por qué si te pueden correr de un trabajo?
La misma Ley Federal del Trabajo (LFT) establece porqué motivos sí te pueden despedir de tu trabajo, además de acumular más de tres faltas sin justificar en un periodo de 30 días, y estos son:
- Aportar certificados o referencias falsas en el proceso de reclutamiento.
- Incurrir en actos de violencia contra compañeros, patrón, personal directivo, entre otros.
- Ocasionar daños materiales.
- Cometer alguna imprudencia o descuido “inexcusable”.
- Cometer actos de hostigamiento o acoso sexual.
- Desobedecer al patrón o sus representantes sin causa justificada.
- Negarse a tomar medidas preventivas para evitar accidentes o enfermedades.
- Acudir al centro de trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de algún narcótico.
En cada uno de estos casos, según la ley, el patrón se encuentra facultado para rescindir el contrato de trabajo y sin consecuencias legales o económicas para él. Eso sí, tiene que dar aviso por escrito al empleado sobre qué conductas motivaron su despido.
Así que si piensas faltar el próximo 25 de diciembre, cuando se celebra Navidad, ten en cuenta que sí pueden despedirte si cuentas con más de tres faltas. Además de que si acudes a trabajar, tienes derecho a recibir una paga doble.
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Periodista con 10 años de experiencia en medios impresos y digitales (Récord, Referee y Quinto Poder). Coeditor web de hard news con enfoque en temas de política, seguridad, justicia, sociedad, CDMX y Mundo. En Radio Fórmula desde 2021.Cursé mis estudios en la UNAM Ver más














