Caso por suero vitaminado en Sonora: las violaciones en que pudo incurrir la clínica privada
Autoridades sanitarias a nivel federal investigan los contenedores de la sustancia que se aplicó a los pacientes; suman 8 muertos.

La muerte de al menos ocho personas tras recibir suero intravenoso, aplicado en un consultorio privado, podría incurrir en violaciones a tres normativas en materia de salud.
La actividad de suministro de sueros está sujeta a un marco regulatorio, no igual que con medicamentos recetados; además, hace distinción entre quien prescribe un medicamento y para quien lo prepara o fabrica.
El Reglamento de Insumos para la Salud establece, que todo lo relacionado a fines terapéuticos están sujetos a control sanitario federal, se exige una licencia ante Cofepris (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios) por lo que tener cédula o registro sanitario por sí solo no cubre ese requisito.
Los productos deben garantizar condiciones de esterilidad, pureza y pirogenicidad; cada lote, con métodos verificables y con las mismas condiciones.
La Norma Oficial Mexicana (NOM) sostiene que los insumos deben ser estériles, con numero de lote verificable, fecha de caducidad vigente y con los datos del fabricante.
Es obligatorio para el personal de salud a etiquetar cada contenedor de solución con el nombre del paciente, fecha, nombre de la solución, hora de inicio y nombre de quien la instaló.
En el caso de Sonora, los insumos asegurados fueron trasladados bajo cadena de custodia al laboratorio nacional de referencia de Cofepris para determinar su composición.
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Reportera de política, en cobertura de temas electorales, salud y transparencia. Le gustan los gatos y el café Ver más














