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Las 7 prestaciones de Ley que le tocan a una familia si muere un trabajador

Cuando una persona trabajadora fallece, su familia tiene derecho a recibir diversas prestaciones laborales, pensiones y apoyos económicos, por ello, la Profedet ofrece asesoría gratuita.

Aguas, si un trabajador fallece, la viuda, padres o beneficiarios tienen derecho a reclamar prestaciones
Aguas, si un trabajador fallece, la viuda, padres o beneficiarios tienen derecho a reclamar prestaciones

La pérdida de un ser querido siempre representa un momento difícil, pero es importante que las familias conozcan las prestaciones que la ley reconoce en caso del fallecimiento de un trabajador. Así que no te quedes sin ninguna duda, aquí te contamos.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda orientación gratuita para que las personas beneficiarias puedan tramitar el cobro de salarios pendientes, pensiones, ahorros y otros apoyos a los que tienen derecho.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios por la muerte de un trabajador?

Según el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, las siguientes personas pueden acceder a las prestaciones y derechos laborales del trabajador fallecido:

  • La viuda o el viudo.
  • Hijos menores de 16 años o mayores con una discapacidad del 50 % o más.
  • Los padres, si dependían económicamente del trabajador.
  • La pareja con la que haya convivido los últimos cinco años o con quien tuvo hijos, si ambos estaban libres de matrimonio.
  • En ausencia de cónyuge o hijos, las personas que dependían económicamente del fallecido.

Tipos de pensiones para las familias beneficiarias

La ley contempla distintas pensiones que pueden solicitar las personas beneficiarias ante el IMSS:

  • Pensión de viudez: para la esposa, esposo o concubina(o).
  • Pensión para ascendientes: para padres o madres que dependían del trabajador.
  • Pensión de orfandad: para hijas e hijos menores de 16 años, o hasta los 25 si estudian.

Estas pensiones aplican tanto si el trabajador estaba asegurado como si ya se encontraba pensionado.

Prestaciones que se pueden reclamar al empleador

Si la persona fallecida seguía laborando, los beneficiarios pueden reclamar ante la empresa:

  • Pago de vacaciones y prima vacacional no cubiertas.
  • Aguinaldo pendiente.
  • Salarios devengados y no pagados.
  • Prima de antigüedad, según el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.
  • Prestaciones adicionales establecidas en contratos colectivos, como fondo de ahorro, seguro de vida o estímulos por puntualidad.
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Si un trabajador pierde la vida, su esposa, padres o beneficiarios pueden reclamar prestaciones / Cuartoscuro

Otros beneficios ante INFONAVIT y AFORE

En el INFONAVIT

Los beneficiarios pueden solicitar:

  • El pago del Fondo de Ahorro INFONAVIT generado entre 1972 y 1992.
  • La liberación del crédito de vivienda y la cancelación de la hipoteca en caso de crédito vigente.

En la AFORE

Tienen derecho a la devolución de:

  • Aportaciones del SAR (1992-1997).
  • Aportaciones del 2 % de la subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez.
  • Fondos de la subcuenta de vivienda (INFONAVIT 1997), si no se solicitó crédito.

Además, un dato que debes saber es que cuando el trabajador estaba asegurado ante el IMSS, los beneficiarios pueden solicitar la ayuda para gastos funerarios, equivalente a dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento del fallecimiento.

Así que ya lo sabes, la Profedet ofrece acompañamiento legal sin costo para iniciar los trámites de recuperación de prestaciones. En la Ciudad de México, se puede acudir a Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, y en los estados del país a través de sus delegaciones locales.

También se brinda orientación vía telefónica al 079, o por correo electrónico de la Profedet. Todos los servicios son gratuitos, y cualquier intento de cobro debe denunciarse al correo de quejas o al número 55 5998 2000 ext. 44750 y 44917.

Raymundo Rangel Laguna es periodista e historiador con más de 15 años de experiencia en prensa escrita, radio y televisión. Egresado de Comunicación y Cultura e Historia y Sociedad Contemporánea por la UACM, con formación complementaria en el INAH. Actualmente forma parte de Grupo Radio Fórmula y se especializa en política nacional e internacional, deportes y montañismo. Ver más

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Ley Federal del Trabajo

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