Reparto de Utilidades 2025: ¿Debes recibir este pago si te despidieron del trabajo?
Esta es la dependencia que recibe quejas en caso de que la empresa o el patrón no te den el Reparto de Utilidades 2025.

Uno de los beneficios que tienen las y los trabajadores es el Reparto de Utilidades 2025, pero te has preguntado qué ocurre con aquellas personas que despidieron del trabajo, ¿tienen derecho a tal pago? A continuación te decimos eso, aunado a cómo y dónde interponer una queja si no se recibe en tiempo y forma.
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¿Debes recibir el Reparto de Utilidades 2025 si te despidieron del trabajo?
Sí. La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que todos aquellos trabajadores despedidos deben recibir el Reparto de Utilidades, siempre y cuando, hayan trabajado al menos 60 días durante el año fiscal previo. La misma normativa especifica que no aplica para los extrabajadores que ocuparon cargos como directores, administradores y gerentes generales.
Lo mismo ocurre en el caso de todas aquellas personas que renunciaron a un empleo, ya que deben recibir el Reparto de Utilidades si laboraron al menos 60 días en el año fiscal previo. Las autoridades recuerdan que sólo las empresas y patrones que hayan generado una utilidad neta superior a los 300 mil pesos deben dar este pago.
¿Cuál es el último día para recibir el Reparto de Utilidades 2025?
Las personas que trabajan para una persona moral (empresa) tienen hasta el próximo 30 de mayo para recibir el Reparto de Utilidades 2025, de acuerdo con la normativa vigente. Mientras que todos aquellos que trabajen para una persona física (patón) deben recibirlo a más tardar el próximo 29 de junio.
En el caso que las y los trabajadores no reciban el Reparto de Utilidades en la fecha límite establecida, cuentan con un periodo de un año para reclamar el pago que les corresponde. De lo contrario pueden interponer una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabjo (Profedet).
¿Cómo presentar una queja si no recibes el Reparto de Utilidades?
Las y los trabajadores que no reciban el Reparto de Utilidades pueden solicitar asesorías sin costo alguno ante la Profedet, para conocer el procedimiento para interponer una queja. Los números telefónicos de la dependencia son:01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77, además del correo electrónicoorientacionprofedet@stps.gob.mx.
A través de internet, la Profedet también ofrece un formato para presentar quejas, sólo se necesita llenarlo con los siguientes datos:
- Nombre.
- Número telefónico.
- Correo electrónico.
- Número de expediente (en caso de tenerlo).
- Queja o sugerencia (Descripción de los hechos).
En la Ciudad de México, las personas también pueden presentar una queja o sugerencia ante el módulo habilitado por la Profedet, cuya dirección es Dr. José María Vertiz no.211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc. El horario de atención es de lunes a viernes, entre las 9:00 y las 15:00 horas.
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Periodista con 10 años de experiencia en medios impresos y digitales (Récord, Referee y Quinto Poder). Coeditor web de hard news con enfoque en temas de política, seguridad, justicia, sociedad, CDMX y Mundo. En Radio Fórmula desde 2021.Cursé mis estudios en la UNAM Ver más












