Sube la multa por maquillarte mientras manejas en 2026 y esto pasa con tu licencia
Manejar no es cosa de juego: debes tener la atención centrada en el volante y el camino, por eso está prohibido maquillarte si eres la persona conductora.

Ya está actualizada la multa para las personas que se maquillan mientras manejan en la Ciudad de México, esto por el reajuste 2026 a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Quizá pensabas que distraerte con el celular era la única razón para recibir una sanción, pero también lo es dividir tu atención entre el camino y la colocación de blush, sombras, rímel y más.
Estas determinaciones se establecen en el artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en específico en el Título Cuarto nombrado ‘De las normas de seguridad para la conducción de vehículos’.
Multa por maquillarse al momento de manejar en la CDMX
Si vas a pintarte encima del auto en la CDMX, debe ser cuando te encuentres con el vehículo totalmente parado en una zona ajena a las vías de circulación.
Esto significa que debe ser en un sitio como un estacionamiento, un lugar de parquímetro o en una calle en donde encuentres lugar y no obstruyas vías (como el acceso a rampas de discapacitados).
OJO: no te salvarás de la sanción si aprovechas el tránsito lento y que tu coche está parado en un embotellamiento para aplicarte la pintura en el rostro.
La idea de las autoridades es que conductores y conductoras estén completamente atentos al volante y al camino, con el sentido de alerta puesto al 100% en la tarea de conducir. A continuación te mostramos el fragmento de la Ley que ampara esta petición:
Artículo 38.-Los conductores de vehículos son responsables de evitar realizar acciones que pongan en riesgo su integridad física y la de los demás usuarios de la vía, por lo que se prohíbe:
- a) Llevar objetos que obstruyan la visibilidad del conductor o lo distraigan;
- d) Utilizar objetos que representen un distractor para la conducción segura; tratándose de dispositivos de apoyo a la conducción como mapas y navegadores GPS, cualquier manipulación deberá hacerse con el vehículo detenido;
Costo de la multa por maquillarse al mismo tiempo que se maneja en la CDMX y represalia a la licencia de conducir
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito capitalino, las personas que infrinjan el inciso a) del artículo 38 deberán cubrir una multa de 5, 7 o 10 UMAs. Esto se traduce a 586.55, 821.17 o 1 mil 173.1 pesos mexicanos. Además, se pone 1 punto de penalización en la licencia de conducir.
En el caso del inciso d), la infracción monetaria es de 10, 15 o 20 UMAs. Esto es 1 mil 173.1, 1 mil 759.65 o 2 mil 346.2 pesos mexicanos. También se restan 3 puntos a la licencia de conducir y 1 punto a la matrícula vehicular.
Más Leídas




Comunicadora mexiquense con 9 años de experiencia en medios digitales, egresada de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación de la UNAM. Especializada en contenido relacionado con trámites, autos, sector inmobiliario, multas, estudios de Profeco y datos curiosos. Ver más







