¡Alerta pensionados! Estas personas ya no cobrarán dinero del IMSS
Estas personas no pueden cobrar simultáneamente dos pensiones por concepto de vejez ante el IMSS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señala que algunos trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que reciben beneficios previsionales especiales no pueden cobrar simultáneamente dos pensiones por concepto de vejez cuando una de ellas ya está integrada a su jubilación bajo un régimen específico
¿Quiénes no podrán recibir el doble pago del IMSS?
De acuerdo con un comunicado oficial emitido en octubre de 2024, la Segunda Sala de la SCJN determinó que los trabajadores del IMSS que durante su carrera recibieron una pensión por jubilación por años de servicio bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) no tienen derecho a recibir además una pensión de vejez por separado, porque la pensión por jubilación ya incorpora —por diseño contractual— los beneficios de la pensión de vejez.
¿Desde cuándo aplica esta decisión
El criterio fue resuelto en sesión del 2 de octubre de 2024, cuando la Segunda Sala reafirmó que el RJP del IMSS, establecido en el contrato colectivo con el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), ofrece una protección integral que ya cubre la vejez como riesgo social, por lo que no procede otorgar una segunda pensión por el mismo concepto.
¿Quiénes quedan afectados por este criterio?
La medida impacta principalmente a los trabajadores del IMSS que cotizaron y laboraron para el mismo instituto y que se retiraron bajo el RJP, precisamente porque este régimen fue diseñado para otorgar un paquete de beneficios más amplio que incluye jubilación, vejez, ayudas asistenciales y asignaciones familiares. En estos casos ya no podrán recibir una pensión de vejez adicional aparte de la que ya está integrada en su jubilación
Sin embargo, es importante destacar que esta decisión no elimina la pensión de vejez como tal, sino que impide que se otorgue una pensión adicional a la que ya viene incluida dentro de la jubilación que otorga el régimen especial del IMSS. Es decir, no se quita el derecho básico a la pensión de vejez, sino que se evita la duplicidad de pagos por el mismo riesgo social —lo que la propia Corte considera incompatible con la ley de seguridad social.
¿Qué implica esta resolución para los jubilados?
Para los trabajadores que ya se encuentran pensionados bajo el RJP y que recibían algún complemento basado en pensión de vejez o cesantía por cotizaciones anteriores, esta resolución implica que el IMSS podrá revisar sus expedientes y ajustar sus prestaciones, eliminando el pago extra en caso de que ya esté integrado dentro de la jubilación.
Con esta decisión, la SCJN busca homologar los criterios de pensión y evitar pagos duplicados, dejando en claro que el derecho a la pensión de vejez se mantiene, pero limitado a una sola prestación por persona dentro del IMSS, sin importar cuántas veces se haya cotizado.
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Comunicóloga y redactora SEO. Me encanta escribir de todo un poco porque veo en ello la mejor forma de contar historias. Me gusta el pop de los 2000, el anime y el futbol. Ver más














