CDMX

Ya suéltanos, Contingencia Ambiental: se mantiene en CDMX y Edomex por aire cochino

La mala calidad del aire persiste en el Valle de México, por lo que se mantiene la Contingencia Ambiental este martes junto con restricciones vehiculares. 

La Contingencia Ambiental se mantiene en la Zona Metropolitana del Valle de México. Crédito: Cuartoscuro
La Contingencia Ambiental se mantiene en la Zona Metropolitana del Valle de México. Crédito: Cuartoscuro

La Contingencia Ambiental en el Valle de México continúa en el Valle de México ante la persistencia de contaminantes.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) indicó que alta radiación solar no ha permito mejoras en la calidad del aire.

“Se mantiene radiación solar alta y la temperatura hasta el momento alcanzó los 28.7 Celsius en la ZMVM, por lo que el Índice AIRE Y SALUD permanece en el rango de Mala Calidad del Aire”, indicó en su reporte de las 15:00 horas.

No obstante, en las últimas horas se registraron algunas mejoras en el aire debido al sistema anticiclónico que permanece sobre Jalisco y “favorece viento de dirección norte con mayor intensidad”.

Hasta las 15:00 horas, la concentración máxima horaria de ozono registrada fue de 120 ppb en la estación Tláhuac, ubicada en la alcaldía del mismo nombre. Mientras que en la mayoría del resto de las estaciones la calidad se mantiene en “mala”.

Asimismo, las condiciones se vieron afectadas debido a incendios sobre Texcoco y Nezahualcóyotl, que generaron gran cantidad de humo en la CDMX desde el amanecer, los cuales fueron controlados en su totalidad.

El siguiente reporte de la CAMe será a las 8 de la noche, para indicar si se mantiene o no la Contingencia Ambiental.

Debido a la Contingencia Ambiental, hasta el momento se mantienen restricciones a la circulación por el Doble Hoy No Circula para:

  • Vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito sea 2, 4, 6, 7, 8 y 0
  • Vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rosa, terminación de placa 7 u 8.
  • Unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • El 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  • Vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
  • A los taxis les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Se mantiene Contingencia Ambiental en CDMX y Edomex

Autos exentos del Doble No Circula

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas
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