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SAT pide que 'le metas pata' a tu Declaración Anual: quiénes deben presentarla del 1 al 30 de abril

Si no has realizado todavía tu trámite, vas a tener mucho tiempo porque la plataforma no va a descansar por todo un mes.

El SAT te anda apurando para que cumplas con tu Declaración Anual Cuartoscuro/Canva Especial
El SAT te anda apurando para que cumplas con tu Declaración Anual Cuartoscuro/Canva Especial

Evadir al fisco es top 3 cosas que no debes hacer en esta vida. Por eso el Servicio de Administración Tributaria (SAT), te pide que ‘le metas pata’ a tu Declaración Anual; te decimos quiénes deben presentarla del 1 al 30 de abril.

A través de un comunicado, el SAT te recuerda que el periodo para presentar la Declaración Anual 2025 de personas es del 1 al 30 de abril; además, no tienes excusa de “no tener tiempo” y es que el sistema estará disponible las 24 horas del día en este link.

¿Quiénes deben presentar su Declaración Anual 2025?

1.- Sueldos y salarios:

  • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos.
  • Si trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de 2025.
  • Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Si trabajaron de manera simultánea para dos o más empleadores.
  • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR.
  • Si obtuvieron ingresos adicionales por indemnización. Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

2.- Servicios profesionales.

3.- Actividades empresariales. Incluye a Plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

4.- Arrendamiento de bienes inmuebles.

5.- Enajenación o adquisición de bienes.

6.- Intereses o dividendos.

7.- Las personas que tributan en RESICO pueden quedar relevadas de presentar la Declaración Anual. Las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20 y 3.13.21 pueden optar por presentarla.

El fisco además dio a conocer que a las personas que les salga que tienen impuestos por pagar, podrán cubrir el monto en hasta 6 meses, siempre y cuando presenten la declaración y paguen el primer mes en abril mismo.

En caso de que el resultado de tu declaración anual sea con saldo a favor de 10 mil pesos o más, entonces deberá enviarse con e.firma. Para realizar el trámite lo único que necesitas en contraseña y precisamente la e.firma activa.

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