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Pensión del Bienestar: ¿Les pueden embargar este apoyo a adultos mayores que tengan deudas?

Un caso llevado hasta tribunales federales dejó claro que la Pensión del Bienestar para adultos mayores no puede ser embargada, al tratarse de un derecho constitucional.

Entrega de tarjeta  para la Pensión para el Bienestar / Cuartoscuro
Entrega de tarjeta para la Pensión para el Bienestar / Cuartoscuro

Una adulta mayor estuvo a punto de perder su principal fuente de ingresos cuando el Banco del Bienestar retuvo el depósito de su pensión debido a un embargo derivado de una deuda previa. La situación encendió las alertas sobre si este apoyo social puede ser intervenido por instituciones financieras.

Ante el riesgo de quedarse sin recursos básicos, la beneficiaria decidió iniciar una batalla legal que llegó hasta instancias federales, donde finalmente se sentó un precedente clave en favor de los derechos de las personas adultas mayores.

¿Se puede embargar la Pensión del Bienestar? Esto resolvió la justicia

El caso, documentado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, llegó hasta un tribunal colegiado que resolvió a favor de la adulta mayor.

Los magistrados determinaron que la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es inembargable, ya que su finalidad es garantizar un ingreso mínimo a un sector considerado vulnerable.

Además, subrayaron que este apoyo no es solo un programa social, sino un derecho reconocido a nivel constitucional, por lo que no puede ser utilizado para cubrir deudas ni ser retenido por órdenes de embargo.

El argumento clave: un derecho constitucional

De acuerdo con el criterio judicial, la pensión tiene como objetivo asegurar el bienestar de las personas adultas mayores, quienes enfrentan mayores dificultades para cubrir sus necesidades básicas.

Incluso, se establece que, en caso de embargo o congelamiento de cuentas, debe permitirse al beneficiario disponer del dinero correspondiente a este apoyo, al tratarse de un recurso protegido por la Constitución.

El caso: así intentaron retener el pago de una adulta mayor

Todo comenzó cuando una beneficiaria dejó de recibir su depósito bimestral y acudió al Banco del Bienestar para aclarar la situación, preocupada al tratarse de su principal fuente de ingresos y sin una explicación previa sobre la retención del pago.

En la sucursal le informaron que su cuenta había sido intervenida por una orden de embargo relacionada con una deuda, lo que provocó la retención del dinero.

La adulta mayor promovió un amparo indirecto para recuperar su pensión; sin embargo, en primera instancia el caso fue desechado, al considerar que el banco solo ejecutó la orden.

No conforme, interpuso un recurso de revisión que finalmente llegó a un tribunal colegiado, donde se le dio la razón.

¿Qué significa esta resolución para los beneficiarios?

La decisión abre la puerta para que se levanten embargos sobre cuentas donde se deposita la Pensión del Bienestar, permitiendo a las personas adultas mayores seguir accediendo a este ingreso.

También sienta un precedente importante: el dinero de este programa no puede ser retenido ni utilizado para cubrir deudas, ya que está destinado exclusivamente a garantizar condiciones mínimas de vida.

Finalmente, con ello se refuerza la protección legal de millones de beneficiarios en México, quienes dependen de este apoyo para cubrir sus necesidades básicas.

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