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Pensión Bienestar: qué es el pago de marcha y cómo solicitarlo durante noviembre

El pago de marcha es un beneficio que forma parte de los programas de la Pensión Bienestar y te explicamos cuál es el monto y cómo solicitarlo. 

Secretaría del Bienestar otorga un pago extra de ayuda en caso de fallecimiento del beneficiario de aluna pensión.
Secretaría del Bienestar otorga un pago extra de ayuda en caso de fallecimiento del beneficiario de aluna pensión.

La Pensión Bienestar es un programa social que no solo garantiza un apoyo bimestral durante la vida de los beneficiarios pues también contempla un respaldo económico para las familias cuando ocurre su fallecimiento.

Se trata del pago de marcha, un beneficio que ayuda a cubrir gastos inmediatos en esos momentos difíciles y acá te decimos cuál es el apoyo económico que entrega y cómo solicitarlo en este mes de noviembre.

Este apoyo económico único se entrega sólo a la persona designada como auxiliar de la o el beneficiario de la Pensión Bienestar tras su muerte.

Cabe recordar que el auxiliar se designa desde el momento del alta al programa social del Bienestar y funciona como contacto autorizado para trámites, cobros o reportes.

¿Cuánto dinero entrega el pago de marcha?

El pago de marcha está disponible para los diversos tipos de pensiones que entrega la Secretaría del Bienestar y el monto varía dependiendo de lo que recibía el beneficiario.

  • Pensión para Adultos Mayores: 3,100 pesos
  • Pensión para personas con Discapacidad: 1,600 pesos
  • Pensión Mujeres Bienestar:1,500 pesos

Cómo solicitar el pago de marcha

Para solicitar el pago de marcha, la persona auxiliar del beneficiario debe notificar el fallecimiento en la Línea del Bienestar 800 639 42 64 o acudir al módulo Bienestar más cercano y proporcionar sus datos personales y del fallecido.

Par obtener el pago de la marcha es necesario contar con acta de defunción o constancia médica de fallecimiento emitida por alguna institución pública.

La notificación debe hacerse dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento, de lo contrario se perderá el derecho al apoyo.

Tras realizar tu trámite, el pago se emitirá al siguiente bimestre.

En caso de que un beneficiario no hubiera designado a un auxiliar, el Comité Técnico del Programa podrá determinar bajo circunstancias especiales, el otorgamiento de este apoyo, de acuerdo con la reglas de operación de los programas sociales.

No obstante, es importante la designación de un auxiliar y para hacerlo es muy sencillo pues puedes elegir a quien tú quieras y sólo necesitas llamar a la Línea del Bienestar y proporcionar la información de ambas personas:

  • CURP
  • Domicilios
  • Claves de elector
  • Números de contacto

Así que ahora ya sabes que en caso de fallecimiento de un beneficiario de la pensión Bienestar también recibe un apoyo gracias al pago de la marcha y la importancia de tener registrada a una persona auxiliar para realizar los trámites necesarios.

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