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Oficial: Edomex hace cambios en vigencia de licencias de conducir y permisos provisionales

¿Estás pensando en regalar una motocicleta para Navidad o Día de Reyes a un menor de edad? Entonces te interesará saber qué dicen los cambios a las licencias y permisos al respecto.

Mujer sosteniendo una licencia de conducir del Edomex. Crédito: Canva
Mujer sosteniendo una licencia de conducir del Edomex. Crédito: Canva

¡Atención, automovilistas! Y todos aquellos que aspiran a tener una licencia. Y es que el Estado de México realizó cambios tanto a este documento como a los permisos provisionales. Te explicamos de qué se tratan dichas modificaciones para que lo tomes en cuenta si es que estás aprendiendo a manejar o incluso si planeas comprarte una motocicleta.

Estos son los cambios a licencias de conducir y permisos provisionales que aplicó el Edomex

Estas modificaciones fueron publicadas el pasado 10 de noviembre en la Gaceta del Gobierno. Por un lado, se detalla que ahora el permiso provisional de práctica “B”, que autoriza a las personas de entre 16 y 18 años a conducir un automóvil particular, se emitirá con una vigencia de una a dos años.

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Persona manejando. Crédito: Canva

La persona que tenga este permiso deberá, en todo momento, estar acompañada en el automóvil de una persona que cuente y porte una licencia para conducir vigente.

Por otro lado, las licencias para automovilista, motociclista y de chofer para servicio particular, se podrán expedir con vigencia de uno, dos, tres o cuatro años. Y se añadió que las licencias de chofer para servicio público se podrán expedir con una vigencia de uno o de dos años, previa acreditación de los requisitos que se señalen en el Reglamento de Tránsito, así como de la capacitación o certificación respectiva.

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Mujer mostrando licencia de conducir. Crédito: Canva

La modificación incluyó un punto que resultará bastante importante para los motociclistas y es el siguiente:

“Las licencias, con excepción de la prevista en la fracción II (motociclista), o los permisos provisionales de práctica, tipos A y B, en ningún caso serán válidos para conducir motocicletas, ya que dichos vehículos solo podrán ser conducidos por personas mayores de edad y que porten licencia de motociclista vigente, ya sea en formato físico o digital”.

Es decir, las motocicletas únicamente podrán ser conducidas por personas mayores de edad que porten la licencia de motociclista vigente. Por lo que cualquier otra licencia de conducir o permisos provisionales de práctica NO permiten manejar una moto.

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Hombre manejando moto. Crédito: Canva

Así que si estás pensado obtener tu licencia para auto o moto, toma en cuenta lo anterior, pues de no respetar los cambios en vigencia de licencias de conducir y permisos provisionales, podrías ser sancionado por las autoridades del Edomex.

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