¿No te casaste? Corte elimina requisito para obtener pensión del ISSSTE si eres concubino
El Plano de la Corte llegó a la resolución que es inconstitucional ir en contra de algunos derechos, como la igualdad.

Las personas que buscan ser pensionadas por el ISSSTE por viudez en concubinato tenían que cumplir un requisito muy específico para comprobar la relación con el pensionado titular: haber tenido 5 años de convivencia; sin embargo, ese requisito quedó eliminado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
De acuerdo a lo que señalaba la Ley del ISSSTE, cuando el beneficiario muere, la o el concubino tienen el derecho de acceder a un porcentaje de la pensión, siempre y cuando cumplan con los requisitos para solicitarla.
Uno de los principales requerimientos es que comprueben que tuvieron la relación de concubinato con el fallecido, de al menos 5 años de convivencia, pero esto ya quedó obsoleto gracias a la SCJN.
La Corte eliminó el requisitos de 5 años de convivencia por ser inconstitucional
Esta decisión se dio debido a que se considera inconstitucional ya que se vulneran diferentes derechos, como el de igualdad, discriminación y más.
La Corte anunció que el requisito queda eliminado, pero sí se deben de cumplir los otros requisitos de este tipo de pensión para poder acceder a ella.
“El Pleno declaró inconstitucional el requisito que exigía demostrar un plazo fijo de convivencia o tener un hijo en común para reconocer a la pareja en concubinato, debido a que vulneran el derecho de igualdad y no discriminación, la seguridad social, la protección a la familia y el libre desarrollo de la personalidad para parejas de hecho”, informó la SCJN.
A partir de este amparo en revisión (268/2025), se cambian los criterios que se emitieron hace más de 10 años, se actualiza para que se garantice el acceso a pensiones y servicios de salud sin cumplir un plazo mínimo.
¿Qué es la pensión por viudez del ISSSTE?
La pensión por viudez del ISSSTE es aquella que se otorga a la esposa o concubina por la muerte del trabajador, ya sea que haya muerto sin pensionarse o ya jubilado.
Para que se otorgue esta pensión, el ISSSTE solicita documentos como: actas de nacimiento, acta de defunción, CURPs, identificaciones oficiales y documentos que probaran la relación.
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Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la UNAM. Escribo de programas sociales, política y estilo de vida. Ver más













