No más vapeadores: Senado avala en lo general penas de hasta ocho años de cárcel
Se castigará con más de 8 años de prisión a quien produzca, importe o venda vepeadores en México.

Tras dos horas de discusión, el pleno del Senado aprobó en lo general -con 76 votos a favor y 37 en contra- reformas a la Ley General de Salud que endurecen las sanciones relacionadas con los vapeadores.
Con esta iniciativa ahora se establecen penas de hasta ocho años de prisión por la distribución de vapeadores o cualquier dispositivo o tecnología que se use para “calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas con o sin nicotina, diferentes al tabaco, susceptibles de ser inhaladas".
“No obstante, se exceptúa de la prohibición, su consumo y posesión cuando no se destine a las actividades señaladas. Además, quedarían prohibidos todos los actos de comercialización, publicidad o propaganda, para que se consuman cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial u otro medio de comunicación”, indicó la Cámara de Senadores previo a su aprobación.
También se contempla una multa equivalente de cien a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, es decir, de 11,314 a 226,280 pesos.
El Senado recibió esta iniciativa por parte de la Cámara de Diputados, desde donde se aprobó la reforma el 9 de diciembre.
Cabe señalar que la reforma aprobada implica cambios en más de 110 disposiciones legales en materia sanitaria. Entre los principales ajustes están la reestructuración del marco jurídico en salud, el fortalecimiento de la Cofepris, la regulación de nuevo equipamiento médico y la actualización del catálogo de sustancias controladas.
¿Qué dice la reforma contra vapeadores?
Además de los puntos antes mencionados sobre sanciones a vapeadores, ahora también se establece que las autoridades sanitarias competentes podrán hacer uso de las medidas legales necesarias, incluyendo el “auxilio de las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno en el ámbito de sus competencias, para lograr la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad que procedan".
Es de recordar que fue en enero de 2025 cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se adicionaron párrafos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para prohibir los vapeadores.
Por lo tanto, la reforma aprobada este día en el Senado corresponde a una unificación de leyes que se alinean con lo que marca el decreto.
Más Leídas




Periodista mexicana egresada de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. De 2017 a 2019 trabajé como redactora en Milenio; de 2019 a 2022 escribí para Quinto Poder. En 2023 fui reportera en la agencia feminista Cimacnoticias, donde también co-conduje el programa radiofónico De la X a la Y en Ibero 90.9 FM. Me especializo en temas de política, género y derechos humanos. Ver más














