¡ATENCIÓN, jubilados y pensionados! Esto es lo que puedes hacer si el SAT visita tu domicilio
Si alguna vez llegas a recibir una visita de esta autoridad, asegúrate de que cumpla con estos requisitos

En los últimos días ha circulado mucha información sobre las visitas domiciliares del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Sin embargo, la verdad es más sencilla y legal de lo que parece, y conviene entenderla para evitar miedo o desinformación, sobre todo si eres pensionado o jubilado.
Por eso aquí te decimos en qué casos podrías recibir una visita de esta autoridad y qué hacer en caso de que llegue a tu puerta.
¿En qué casos puede el SAT presentarse en tu casa?
Para empezar, hay que aclarar que el SAT sí tiene facultades legales para hacer lo que se llama una visita domiciliaria. Es un procedimiento de comprobación que puede ocurrir cuando hay indicios de posibles irregularidades fiscales, como ingresos no declarados o inconsistencias en declaraciones.
Esto aplica tanto a personas físicas con actividades económicas como a jubilados o pensionados, si sus datos fiscales ameritan una revisión.
Pero cabe aclarar que no existe un calendario oficial de visitas puerta a puerta, ni un programa masivo centrado solamente en personas mayores. Las autoridades han aclarado que las visitas del SAT no son aleatorias, y que no están dirigidas únicamente a jubilados o pensionados como grupo prioritario.
¿Qué puedes hacer si el SAT llega a tu casa?
Sin embargo, antes de entrar a tu domicilio, los funcionarios del SAT deben presentar una orden de visita domiciliaria debidamente fundada y motivada, así como una identificación oficial del personal autorizado. En algunos casos, una Carta de Derechos del Contribuyente Auditado explicando cómo proceder. Esto significa que no pueden ingresar sin documentos legítimos que lo avalen.
Y si no estás seguro, comunícate con el SAT para confirmar la autenticidad. Puedes designar testigos, pedir copias de actas, y acompañarte de un contador o asesor fiscal.
Por otro lado, tener una visita domiciliaria no significa perder tus derechos. Al contrario, tienes derecho a saber por qué te están visitando y qué están revisando. También, puedes presentar pruebas y aclaraciones si no estás de acuerdo con alguna observación, y deberás recibir tratos respetuosos y procedimientos claros. Sin embargo, tienes obligaciones, como entregar información o documentos que el SAT solicite con base en la ley fiscal.
Así que si tus declaraciones están al día y tus ingresos se ajustan a lo que reportaste, no hay motivo para preocupación. La visita, en ese caso, será simplemente una revisión de documentación o datos fiscales, nada más.
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Comunicóloga y redactora SEO. Me encanta escribir de todo un poco porque veo en ello la mejor forma de contar historias. Me gusta el pop de los 2000, el anime y el futbol. Ver más














