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Aguinaldo 2025: ¿Renunciaste a tu trabajo? Esta es la cantidad de dinero que te corresponde

De acuerdo con el gobierno de México, el patrón no puede, de ninguna manera, no pagarte el aguinaldo.

El aguinaldo está a punto de llegar y si andas sin chamba, no te preocupes Canva Especial
El aguinaldo está a punto de llegar y si andas sin chamba, no te preocupes Canva Especial

El final del año no es hermoso solo por el frío o por la Navidad, sino porque tenemos un extra para gastar. Si renunciaste a tu trabajo, sí te toca aguinaldo y te contamos cuál es la cantidad de dinero que te corresponde.

De acuerdo con el gobierno de México, el aguinaldo es un derecho establecido en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Equivale a 15 días de salario como mínimo y tienes que recibirlo antes del 20 de diciembre.

¿Puedo recibir aguinaldo si renuncié?

El gobierno mexicano especifica que, en caso de haber trabajado menos de un año claro que tienes derecho a recibir el aguinaldo. Te deben dar la parte proporcional al tiempo trabajado sin importar si ya no estás en empresa o estás ya en una compañía diferente.

“Los trabajadores que renuncien a su trabajo antes del 20 de diciembre, tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron”, indica el gobierno federal.

Por ejemplo, BBVA hizo un ejercicio parecido en el que supone que si ganas 9 mil pesos al mes, tendrías que recibir un aguinaldo estándar de 4,500 pesos. Esto luego de calcular que el día te lo pagan a 300 pesos y los multiplicaste por 15, que es el mínimo de días que laboraste.

Luego, esos 4 mil 500 puedes dividirlos entre 365 días del año y considerar que son 12.33 pesos los que ganarías a diario de aguinaldo. Si trabajaste 180 días en 6 meses, entonces multiplicamos 180 x 12.33 para obtener 2 mil 219 pesos que sería la parte proporcional que te toca.

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Si renunciaste a tu trabajo, puedes tener el equivalente de aguinaldo por los días que laboraste.

¿Qué pasa si no me pagan mi aguinaldo?

Con información del gobierno federal, en ninguna circunstancia puede el patrón argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarte el aguinaldo o reducir su importe.

De hecho, los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de los 50 a los 5000 salarios mínimos.

Así que si renunciaste, te fuiste de tu chamba o cualquier cosa, ya sabes que sí puedes recibir el aguinaldo en un parte proporcional y ya puedes hacer el cálculo para saber cuánto te toca.

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