Mes del testamento 2025: ¿te pueden quitar una herencia por deudas sin pagar? Esto dice la ley
Si por recibir bienes heredados, es importante que conozcas en qué casos puedes perder los derechos por adeudos pendientes

El Gobierno de México estableció a septiembre como "el mes del testamento", con el fin de impulsar a los usuarios a poner en orden sus propiedades y bienes en caso de cualquier emergencia. Una duda frecuente sobre este tema, es si existe el riesgo de que se pierdan por culpa de deudas que el testador dejó en vida.
La ley es muy clara en este aspecto y, según un apartado de la Secretaría de Gobernación, las herencias sí pueden usarse para saldar pagos pendientes, o al menos cubrir una cantidad parcial.
"El total de los bienes que conforman la herencia del testador responderán al pago de las deudas hasta donde su valor alcance. Si el monto del adeudo supera la suma de los bienes, los herederos no tendrán obligación de aceptar la herencia, y si es menor, podrán saldarlo y quedarse con el resto", explica el portal.
Esto significa que en situaciones donde ya se haya procedido al embargo por la vía jurídica, sí es factible que se absorba parte de una herencia para cumplir con las obligaciones vencidas del titular del testamento.
¿En qué casos las deudas sí se heredan?
De manera general, las deudas no cambian de nombre en automático, sino que es un proceso que depende de una inspección a las circunstancias propias de cada adeudo. La Revista Proteja su Dinero explica que los escenarios en los que un heredero o familiar (con o sin lectura de testamento previa) sí tendrá que saldar estos pagos, son:
- Cuando hay firmas como albaceas u obligados solidarios en un préstamo, hipoteca o pagaré.
- Cuando se es el cónyuge de la persona fallecida.
- Cuando se aceptó ser el responsable de liquidar pagos mencionados en una herencia.
En cuanto a cuáles son las deudas que sí se trasladan a los beneficiarios o familiares directos de un finado, el sitio especializado Resuelve tu deuda señala que se consideran pagos pendientes con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), atrasos con tiendas departamentales, tarjetas de crédito y créditos hipotecarios o personales que así lo hayan dispuesto en los contratos iniciales.
Más Leídas















