Estilo de vida

¿Te pueden obligar a prender la cámara en una junta del trabajo?

Las videollamadas son una de las herramientas principales del Home-Office, sin embargo, algunos trabajadores prefieren mantener apagada su cámara.

Te decimos si te pueden sancionar por apagar la cámara en una videollamada del trabajo.
Te decimos si te pueden sancionar por apagar la cámara en una videollamada del trabajo.

A cinco años de la pandemia de COVID-19, en muchos puestos de trabajo se conserva la modalidad del Home-Office, siendo las videollamadas una de las principales herramientas de comunicación. Y a todo esto ¿te pueden obligar a prender la cámara en una junta? Esto sabemos.

Con esta modalidad de trabajo a distancia, las videollamadas cobraron importancia, ya que mantienen una comunicación fluida y efectiva entre equipos.

De acuerdo con expertos de Meta y Microsoft, este medio de comunicación mejora la comprensión de los mensajes y reduce malentendidos, ya que se perciben gestos, tonos de voz y expresiones faciales.

Además, estudios de Enreach señalan que el 98 por ciento de los profesionales considera que este tipo de reuniones a distancia mejora las relaciones laborales y fomenta la colaboración.

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Créditos: Freepik

Las videollamadas no sólo mejoran la comunicación entre equipos de trabajo, sino también tienen otros beneficios, como ahorrar tiempo y dinero al eliminar traslados para las reuniones presenciales.

Sin embargo, hay ocasiones en las que trabajadores prefieren mantener sus cámaras apagadas durante las videollamadas laborales, ya sea por comodidad o por algún tema personal, aunque esta decisión pueda ponerlos en aprietos, ya que podrían ser sancionados.

¿Empleadores pueden obligar al personal a prender la cámara en una junta del trabajo?

De acuerdo con la NOM 037 de la Ley Federal del Teletrabajo, las y los trabajadores no están obligados a prender sus cámaras para una reunión de trabajo.

“El centro de trabajo respetará la privacidad de las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, y no se podrán utilizar mecanismos invasivos para verificar la disponibilidad o conexión de las personas trabajadoras”, indica dicha norma.

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Créditos: Freepik

Asimismo detalla que el uso de cámaras, micrófonos o mecanismos de localización, sólo será obligatorio para reuniones, videoconferencias, capacitaciones y obligaciones relacionadas con seguridad e higiene en el lugar de trabajo.

Comunicóloga de la CDMX egresada de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (FCPyS) de la UNAM. Ahora escribo sobre política, nacionales, seguridad, metrópoli y también estilo de vida. Antes, editora vial en Grupo Radio Centro y colaboradora en agencias de comunicación. Ver más

Tags:

teletrabajo
videollamadas
reuniones a distancia
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