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Juicio de Livia Brito contra paparazzi llega a la SCJN: "es una oportunidad histórica"

La actriz argumenta que en 2020 se violentó su derecho a la intimidad, pese a que ella causó severas lesiones físicas al fotógrafo.

La actriz mexicana en 2020 inició un pleito legal contra el paparazzi Ernesto Zepeda.
La actriz mexicana en 2020 inició un pleito legal contra el paparazzi Ernesto Zepeda.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió el amparo en revisión presentado por la actriz Livia Brito en contra de la sentencia emitida por un tribunal colegiado que confirmó el pago de una indemnización por daño moral a favor del fotógrafo Ernesto Zepeda.

¿Qué logró Livia Brito ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación?

De acuerdo con Latin Us, la actriz argumentó en su recurso que se le violentó su derecho a la intimidad y a la propia imagen al tomarle fotografías sin su consentimiento, en 2020.

Al admitir el caso, la SCJN señaló que es de interés en materia constitucional y de derechos humanos, además de que no existe precedente sobre el tema.

"El asunto se encuentra vinculado con un tema de constitucionalidad, consistente en lainterpretación del derechoa la privacidad frente a la libertad de expresión", se lee en el acuerdo que se hizo el pasado jueves 24 de abril.

¿Qué dijo Livia Brito sobre su caso contra el paparazzi Ernesto Zepeda?

Por su parte, Livia Brito compartió un video en su cuenta de Instagram donde indicó que: "la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo el juicio de amparo que promoví para proteger mi derecho a la privacidad y a la propia imagen".

"Este caso surge a raíz de un incidente ocurrido en 2020, cuando un paparazzi tomó fotografías con fines de lucro y sin mi consentimiento en un momento completamente privado, las cuales no tenían ningún motivo informativo o periodístico ya que no proporcionaban información relevante para la sociedad ni existe alguna relación o conexión entre éstas y mi actividad profesional como actriz", señaló.

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Livia Brito compartió la decisión de la SCJN.

Aseguró que: "no puede aceptarse que los medios de comunicación se inmiscuyan indiscriminadamente en la vida privada de las personas divulgando información sin consentimiento bajo el pretexto de realizar un trabajo periodístico".

"Aunque soy una figura pública, eso no significa que se me pueda fotografiar en cualquier circunstancia.La ley protege la intimidad de todas las personas, incluidas quienes trabajamos en medios, y la Corte ahora analizará si mis derechos humanos fundamentales fueron vulnerados", afirmó.

Brito añadió que no lo hace solo por ella, sino porque considera que: "es una oportunidad histórica para que la Corte defina hasta dónde llega la libertad de expresión de los medios y dónde empieza el derecho humano y a la privacidad de las personas públicas a vivir con dignidad y sin ser invadidas".

Finalizó comentando: "estamos abriendo un diálogo nacional sobre la privacidad en México".

¿Qué pasó entre Livia Brito y el paparazzi Ernesto Zepeda?

En junio de 2020, elpaparazzi Ernesto Zepedatomó fotografías de la actriz y su entonces pareja durante unas vacaciones en Cancún, Quintana Roo.

Estos al darse cuenta, se acercaron al fotógrafo para agredirlo, provocándole heridas que requirieron suturas, además de que destruyeron su equipo de trabajo.

En octubre de 2021, Zepeda Estrada demandó por la vía civil a Brito Pestana y su pareja;en marzo de 2023 un juzgado de la Ciudad de México los declaró responsables por daño moral por las secuelas que le dejó la golpiza.

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Livia Brito se negó a pagarle una indemnización al paparazzi Ernesto Zepeda por las lesiones que le provocó al golpearlo.
Livia Brito se negó a pagarle una indemnización al paparazzi Ernesto Zepeda por las lesiones que le provocó al golpearlo.

Un juez estableció unaindemnización de más de un millónde pesos como reparación del daño moral, sin embargo,Livia Brito impugnó la sentencia.

Un tribunal colegiado decidió no amparar a la actriz al considerar que la condena monetaria no fue excesiva y, aunque se reconoció que las fotografías no eran de interés periodístico, como se trata de una figura pública "debe soportar una disminución en la protección de su vida privada".

"Al ser una figura pública está sujeta a observar un mayor grado de tolerancia, ya que las celebridades encarnan ciertos valores y modos de vida que llegan a ser ejemplo para las personas que siguen sus trayectorias", dijo el tribunal colegiado en su sentencia de febrero de 2025.

Livia Brito se amparó nuevamentey el asunto fue turnado a laministra Margarita Ríos Farjat, por lo queserá discutido y votado en la Primera Sala de la SCJN.

Especialista en espectáculos. Egresada de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación de la Universidad Tecnológica de México. Ver más

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