SAT: ¿ya revisaste tu buzón tributario? La 'desobedencia' que te puede costar una multa de $112,000
Pon mucha atención a los avisos de la autoridad fiscal, pues en caso de que una infracción se repita en varias ocasiones podrías recibir una fuerte sanción económica.

¿Ya revisaste tu buzón tributario? Si no lo has hecho deberías tener cuidado con los avisos del SAT, pues existe una 'desobedencia' que te puede costar una multa de $112,000.
De acuerdo con el artículo 84 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes podrían ser sancionados con una fuerte multa económica en caso de que una infracción fiscal se repita en varias ocasiones.
La infracción está establecida en la fracción VII del artículo 83 y señala que es acreedor a una multa aquellas personas que no expidan, no entreguen o no pongan a disposición los comprobantes fiscales de las actividades que realizan los contribuyentes.
Esta disposición legal también considera una infracción si los comprobantes son expedidos, entregados o puestos a disposición sin cumplir con los requisitos establecidos por las leyes fiscales.
“No expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes los comprobantes fiscales digitales por internet de sus actividades cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, o expedirlos sin que cumplan los requisitos señalados en este Código, en su Reglamento o en las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria; no entregar o no poner a disposición la representación impresa de dichos comprobantes, cuando ésta le sea solicitada por sus clientes, así como no expedir los comprobantes fiscales digitales por internet que amparen las operaciones realizadas con el público en general, o bien, no ponerlos a disposición de las autoridades fiscales cuando éstas los requieran”, se establece en el artículo 83.
¿De cuánto es la multa por no expedir comprobantes fiscales?
Cabe señalar que la multa por no expedir comprobantes fiscales se aplica a las personas relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, siempre que sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobación.
En este caso y si la infracción se repite en varias ocasiones, el SAT podría imponerte una multa que va de los 19 mil 700 a los 112 mil 650 pesos.
Incluso se añade en el artículo 84 que “En caso de reincidencia, las autoridades fiscales podrán, adicionalmente, clausurar preventivamente el establecimiento del contribuyente por un plazo de tres a quince días; para determinar dicho plazo, se tomará en consideración lo previsto por el artículo 75 de este Código”.
¿Qué es el Buzón Tributario?
Por lo anterior, te sugerimos checar de manera constante tu Buzón Tributario, pues será a través de este medio en el que podrás recibir las notificaciones del Servicio de Administración Tributaria.
Recuerda que el Buzón Tributario es un sistema de comunicación electrónico entre la autoridad fiscal y los contribuyentes, cuyo objetivo principal es simplificar la notificación de actos administrativos.
Dicha herramienta permite enviar promociones, avisos o posibles requerimientos, por lo cual, desde 2020 es obligatorio que personas físicas y morales lo habilites.
Así que si no has revisado tu Buzón Tributario pon mucha atención pues ya conoces la 'desobedencia' que te puede costar una multa de $112,000.
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Licenciada en Periodismo por el CEU-PART y Maestra por la Universidad de la Comunicación. Mi misión es recorrer México para que tú no tengas que adivinar a dónde ir; desde ese rincón secreto que nadie conoce hasta el platillo que te cambia el día. También te comparto mis imperdibles de estilo de vida, restaurantes y tips para que tu vida sea más fácil. Ver más

















