Economía

SAT va por los negocios digitales: por esta razón puede bloquear tu 'changarro'

El Servicio de Administración Tributaria ahora podrá exigir el acceso a cierta información de servicios digitales, para verificar que estén cumpliendo correctamente con sus obligaciones fiscales.

SAT bloqueará a los servicios digitales por una nueva regla Pexels
SAT bloqueará a los servicios digitales por una nueva regla Pexels

El SAT ha comenzado a ponerse más ‘rudo’ con los contribuyentes, y ahora va por los negocios digitales, por ello, te explicaremos cuál es la razón por la que te puede bloquear tu 'changarro'.

Recientemente en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó un decreto que reforma varios artículos del Código Fiscal de la Federación (CFF), y entre las modificaciones se encuentra una relacionada con los servicios digitales.

El artículo 30-B del CFF establece que los contribuyentes que ofrecen servicios digitales deben dar acceso al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a cierta información en tiempo real, para verificar que estén cumpliendo correctamente con sus obligaciones fiscales.

Si se incumple con esta obligación, las autoridades procederán a un bloqueo temporal del acceso al servicio digital, según lo señalado en el artículo 18-H BIS de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

“El incumplimiento de las obligaciones a que se refieren las fracciones I, VI y VII del artículo 18-D de esta Ley por los residentes en el extranjero sin establecimiento en México que proporcionen los servicios digitales previstos en el artículo 18-B del presente ordenamiento a receptores ubicados en territorio nacional, dará lugar a que se bloquee temporalmente el acceso al servicio digital del prestador de los servicios digitales que incumplió con las obligaciones mencionadas, bloqueo que se realizará por conducto de los concesionarios de una red pública de telecomunicaciones en México, hasta el momento en que dicho residente cumpla con las obligaciones omitidas”.

imagen
Artículo 30-B del CFF

¿A qué negocios digitales podría bloquear el SAT?

Los negocios digitales que el SAT podría bloquear si se niegan a dar acceso a las autoridades son proveedores de servicios digitales, es decir, empresas o plataformas tecnológicas, ya sea nacionales o extranjeras, que prestan servicios a través de internet, tales como:

  • Plataformas de streaming (video, música, juegos).
  • Apps de transporte o entrega.
  • Páginas de citas
  • Plataformas de venta en línea.
  • Servicios de publicidad o alojamiento web.
  • Páginas de enseñanza a distancia, de test o ejercicios.
  • Sitios que permitan la descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información, la obtención de tonos de móviles, visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos meteorológicos y estadísticas.
imagen
Plataformas de internet

¿Qué revisará el SAT en los servicios digitales?

Lo que busca el SAT al solicitar acceso a dichos servicios es que permitan conectarse directamente a sus sistemas a fin de revisar información relacionada con el cumplimiento fiscal, como transacciones, cobros, retenciones, entre otras.

Dicha medida sólo contempla acceder a información que permita comprobar obligaciones fiscales. Para esto, la autoridad fiscal colaborará con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para gestionar la tecnología o analizar los datos que se obtengan.

Así que si también prestas algún servicio por internet, ten mucho cuidado pues el SAT va por los negocios digitales: por esta razón puede bloquear tu 'changarro'.

Licenciada en Periodismo por el CEU-PART y Maestra por la Universidad de la Comunicación. Mi misión es recorrer México para que tú no tengas que adivinar a dónde ir; desde ese rincón secreto que nadie conoce hasta el platillo que te cambia el día. También te comparto mis imperdibles de estilo de vida, restaurantes y tips para que tu vida sea más fácil. Ver más


Más Noticias



Logo Guacamole
Logo Guacamole