SAT: qué hacer para evitar las visitas a domicilio previstas en 2026
Te recomendamos seguir estos consejos para que puedas librarte de posibles inspecciones a tu vivienda por parte de la autoridad fiscal.

Si no quieres tener problemas con el SAT y escaparte de posibles inspecciones a tu vivienda, entonces te interesará saber qué hacer para evitar las visitas a domicilio previstas en 2026.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá nuevas facultades a partir del próximo año, esto luego de una serie de modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF).
¿Qué hacer para evitar visitas del SAT a tu hogar?
Dichas reformas le brindan la posibilidad a la autoridad fiscal de realizar visitas domiciliarias a personas físicas y morales, a partir del 1 de enero del 2026, siempre y cuando el contribuyente realice actividades sospechosas.
- No emitir facturas falsas ni realizar operaciones simuladas.
- Si eres proveedor o cliente, verifica la reputación fiscal de las otras partes, para no verte involucrado por su mala práctica.
- Registra ingresos, egresos, deducciones y declaraciones conforme a la ley. Evita discrepancias entre lo declarado y los movimientos bancarios.
- Verifica que tus facturas amparen operaciones reales y legítimas.
- Evita retrasos en pagos provisionales, declaraciones periódicas, retenciones, nóminas, etc.
- Comprueba que tu domicilio fiscal, domicilio real y tus actividades declaradas coincidan.
- Evita concentrar muchos movimientos inusuales o ingresos sin respaldo fiscal.
- Si eres una persona moral cuida tu estructura societaria, evita socios con historial de irregularidades.
- Atiende requerimientos abiertos o cartas del SAT.
¿Cuáles son las personas que el SAT podría visitar en su domicilio?
De acuerdo con lo señalado en el CFF, las visitas a domicilio por parte de la autoridad fiscal se aplicarán para las siguientes personas:
- Personas morales que emitan o reciban comprobantes fiscales con señales de peligro, ya sean facturas falsas, operaciones sospechosas o estructuras de fachada.
- Factureras o empresas fantasma.
- Contribuyentes que emitan comprobantes fiscales falsos o carezcan de algún sentido de negocio.
- Contribuyentes con diferencias en sus declaraciones contra lo reportado entre sus facturas digitales.
- Contribuyentes que dejaron de hacer pagos provisionales o pagos de impuestos durante tres meses consecutivos.
- Contribuyentes que no logren desvirtuar presunciones de operaciones simuladas, emisión de CFDI no válidos, domiciliaciones fiscales irregulares, entre otros supuestos.
- Contribuyentes con requerimientos abiertos.
- Estructuras societarias cuyos representantes, socios o accionistas estén ubicados en supuestos de riesgo fiscal.
Ya sabes lo que tienes que hacer para evitar las visitas a domicilio previstas en 2026 por parte del SAT, así que tómalo en cuenta.
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Licenciada en Periodismo por el CEU-PART y Maestra por la Universidad de la Comunicación. Mi misión es recorrer México para que tú no tengas que adivinar a dónde ir; desde ese rincón secreto que nadie conoce hasta el platillo que te cambia el día. También te comparto mis imperdibles de estilo de vida, restaurantes y tips para que tu vida sea más fácil. Ver más














