Economía

SAT: experta revela truco legal para lograr que te regresen dinero si eres asalariado

Si eres asalariado y estás cansado de que te quiten un gran porcentaje de impuestos, aquí te decimos qué puedes hacer para que te regresen una parte de tu dinero.

¿Cansado de que el SAT te quite mucho de tu salario por pagar impuestos? Aquí te decimos qué hacer para que te regresen dinero. Gemini y SAT.
¿Cansado de que el SAT te quite mucho de tu salario por pagar impuestos? Aquí te decimos qué hacer para que te regresen dinero. Gemini y SAT.

¿Sabías que los asalariados son los que pagan más impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)? Esto se debe a que pagan el Impuesto sobre la Renta (ISR) por obtener ingresos, algunos trabajadores llegan a pagar hasta el 35 por ciento de su salario para cubrir este pago.

Si esto te genera molestia, como a nosotros, no te preocupes aquí te decimos qué puedes hacer para que el SAT te regrese una parte del ISR que te descuentan. Lo único que tienes que hacer es hacer deducciones personales, los gastos que entran en este rubro son:

  • Gastos médicos.
  • Gastos funerarios.
  • Donativos.
  • Colegiaturas.
  • Ahorro para el retiro.
  • Prima de Seguros de Gastos Médicos Mayores.
  • Intereses de crédito hipotecario.
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Si tienes PPR, el SAT puede devolverte una parte de lo que pagas de ISR.

Aunque la más eficaz es tener un Plan Personal para el Retiro (PPR), es decir un ahorro para cuando seas mayor. Si cuentas con uno, el SAT te permite deducir la cantidad mensual que guardas cada mes al presentar tu declaración anual.

El PPR lo tienes que contratar con expertos y aún estás a tiempo de hacerlo, debido a que tu declaración anual en el SAT la tienes que presentar hasta el próximo año.

¿Cuándo se hace la declaración anual ante el SAT?

La declaración anual ante el SAT es una de las obligaciones fiscales más importantes para personas físicas y morales en México. Este trámite permite reportar ingresos, deducciones, pagos provisionales y calcular el impuesto correspondiente al ejercicio fiscal anterior.

De acuerdo con el SAT, las personas morales deben presentar su declaración anual del 1 de enero al 31 de marzo. En este periodo, las empresas informan sobre sus ingresos acumulables, deducciones autorizadas y determinan el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a pagar o a favor.

En el caso de las personas físicas, el plazo establecido por el SAT es del 1 al 30 de abril. Están obligadas a presentar la declaración quienes obtuvieron ingresos por honorarios, actividad empresarial, arrendamiento, plataformas digitales, intereses, enajenación de bienes o quienes recibieron salarios de dos o más patrones, entre otros supuestos.

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La declaración anual la tienes que realizar hasta el próximo año, por lo que aún estás a tiempo de que el SAT te regrese dinero.

Uno de los beneficios de cumplir con la declaración anual ante el SAT es la posibilidad de obtener saldo a favor, siempre que se incluyan correctamente las deducciones personales, como gastos médicos, colegiaturas, seguros de gastos médicos y aportaciones al retiro. En estos casos, el contribuyente puede solicitar la devolución automática a través del portal oficial.

Es importante señalar que no presentar la declaración en tiempo y forma ante el SAT puede generar multas, además de afectar el historial fiscal del contribuyente.

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