Economía

¿Qué pasa con la deuda de una tarjeta de crédito si fallece el titular?

Perder a un ser querido es difícil y es entendible que lo que menos se desee hacer sea atender trámites legales.

Conoce qué es lo que sucede con las obligaciones financieras que adquirió en vida y que pueden seguir activas y generando intereses.
Conoce qué es lo que sucede con las obligaciones financieras que adquirió en vida y que pueden seguir activas y generando intereses.
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Cuando una persona fallece, además del duelo familiar, surgen diversas dudas legales y financieras importantes que deben tomarse en cuenta, especialmente sobre qué es lo que ocurre con las deudas, como las de tarjetas de crédito.

De acuerdo con BBVA México e información respaldada por la Condusef y la Profeco, la mayoría de las tarjetas bancarias cuentan con un seguro de vida que puede cubrir el saldo pendiente al momento del fallecimiento del titular, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

¿La deuda de una tarjeta de crédito se hereda?

Cuando alguien pierde la vida, lo ideal sería que con su fallecimiento sus deudas bancarias desaparecieran, sin embargo, esto no es así. Por eso es necesario conocer qué es lo que sucede con las obligaciones financieras que adquirió en vida y que pueden seguir activas y generando intereses.

Perder a un ser querido es difícil y es entendible que lo que menos se desee hacer sea atender trámites legales. No obstante, para evitar problemas con la ley, es mejor conocer qué deudas no se liquidaron, cuáles deben liquidarse, quién debe hacerlo y cómo proceder.

De acuerdo a la información provista por el banco BBVA en su plataforma web, las tarjetas de crédito y departamentales, los créditos hipotecarios y los créditos automotrices tienen lineamientos diferentes ante estos percances.

Tarjetas de crédito y departamentales

En el caso de las tarjetas de crédito bancarias, se cuenta con la ventaja de la liberación total de la deuda ante el fallecimiento de la persona en cuestión “con un máximo del total del límite del crédito de la tarjeta o el saldo insoluto de la cuenta”.

Cabe aclarar que solo se cubren las deudas que se hayan adquirido antes del fallecimiento, pero si posterior al deceso se realizan compras con tarjetas adicionales, no se eximirán dichos pagos. Si se hacen uso de tarjetas adicionales, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) señala que los usuarios no se vuelven obligados solidarios ni subsidiarios del titular.

El caso de los créditos hipotecarios

De manera similar a las tarjetas de crédito y departamentales, las deudas de créditos hipotecarios se liberan al momento del fallecimiento del titular, con la condición de que se estén al corriente los pagos mensuales al momento del deceso. De no ser así, la Profeco establece que los beneficiarios deben cubrir el faltante para poder obtener el seguro.

En ambos tipos de créditos, no hay restricciones para el seguro respecto a cómo falleció el titular, es decir, el seguro se puede adquirir independientemente de si fue muerte accidental y cómo ocurrió, o si fue por enfermedad y qué tipo de enfermedad. Solo en el caso del suicidio pueden llegar a existir cláusulas específicas dependiendo la institución bancaria.

Si se obtuvo un crédito hipotecario en BBVA sus condiciones establecen que “En caso de muerte por suicidio ocurrido dentro de los dos primeros años de vigencia continua de la Póliza, cualquiera que haya sido su causa y el estado físico o mental del Asegurado, la Institución solamente pagará al Beneficiario el importe de la reserva matemática que corresponda a la fecha en que ocurra el siniestro.” Pero es importante entender que las cláusulas dependerán de la institución bancaria con la que se obtuvo el crédito hipotecario.

En el caso de un crédito conyugal que ofrecen instituciones como FOVISSSTE o Infonavit, la Profeco señala que solo se cubrirá la parte del cónyuge fallecido. Por ejemplo, si el cónyuge que perdió la vida aportó un 50 por ciento del crédito, el seguro solo cubrirá ese porcentaje, el resto es responsabilidad del cónyuge que sigue con vida liquidar la deuda.

¿Y el crédito automotriz?

Los contratos de los créditos automotrices incluyen seguros de vida con los que las instituciones bancarias se amparan en caso de un siniestro para que la aseguradora cubra la deuda, por eso es importante contactar a la aseguradora lo antes posible ya que deberá cubrir las mensualidades hasta liquidar la deuda.

En resumen, si fallece el titular de una tarjeta de crédito, la deuda generalmente no se hereda, ya que está protegida por un seguro de vida. Sin embargo, es fundamental avisar de inmediato al banco, cancelar la tarjeta y presentar la documentación correspondiente para evitar complicaciones legales y financieras.

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