SAT: ¿debo avisar o pagar impuestos si invierto en Cetes, Sofipos o Bolsa de Valores?
Si inviertes tu dinero en distintas plataformas de inversión, hay algo que necesitas saber para evitar meterte en problemas con la autoridad fiscal.

Si eres de los que invierte su dinero en distintas instituciones financieras, podrías estarte preguntando si ¿debo avisar o pagar impuestos al SAT si invierto en Cetes, Sofipos o Bolsa de Valores?
Bueno pues la respuesta podría ser algo complicado de entender, ya que no tienes que pagarle impuestos de tus inversiones directamente al Servicio de Administración Tributaria; sin embargo, sí debes hacerlo a las plataformas donde inviertes tu dinero.
@paoalmontes Si invierto ¿le tengo que avisar al SAT? �� #inversiones #impuestosenlasinversiones #SAT #finanzasconpropósito ♬ original sound - Paola Almontes De León
En otras palabras, la autoridad fiscal no te cobra impuestos por invertir tu dinero en Cetes, Sofipos o Bolsa de Valores, porque dichas plataformas ya te lo retuvieron.
¿De cuánto es la retención automática de impuestos?
Primero necesitas saber que la retención automática de impuestos es cuando la institución financiera o la plataforma donde inviertes retiene y paga directamente al SAT los impuestos correspondientes a tus rendimientos.
Es decir, en lugar de que tú tengas que calcular y pagar el impuesto sobre lo que ganaste, la institución lo descuenta automáticamente y se encarga de reportarlo.
Ahora bien, en el caso de los Cetes, se hará una retención automática provisional del Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre tus intereses. Por ejemplo, para 2025 la propuesta de tasa es alrededor de 0.50 por ciento anual sobre los intereses generados.
Respecto a las Sofipos, los intereses generados también pueden estar sujetos a ISR, como el caso anterior; sin embargo, hay un monto exento y es aquel que no rebasa las 5 UMAs al año, es decir, los 206 mil 367.60 pesos.
Mientras que las inversiones de la Bolsa de Valores, la venta de acciones está gravada por la ley del ISR, de tal forma que se aplica una tasa del 10 por ciento sobre las ganancias obtenidas, según lo establecido en el artículo 129.
Cabe señalar que, aunque el SAT no te cobra impuestos, sí debes reportar esos ingresos o ganancias en tu declaración anual para evitar meterte en conflictos con la autoridad fiscal.
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Licenciada en Periodismo por el CEU-PART y Maestra por la Universidad de la Comunicación. Mi misión es recorrer México para que tú no tengas que adivinar a dónde ir; desde ese rincón secreto que nadie conoce hasta el platillo que te cambia el día. También te comparto mis imperdibles de estilo de vida, restaurantes y tips para que tu vida sea más fácil. Ver más














