Buró laboral: lo que pasa si tu nombre aparece a la hora de buscar un nuevo empleo
¿Cuáles son los únicos motivos por los que puedes aparecer en el Buró Laboral? A continuación te decimos.

Así como existe el Buró de Crédito, donde las instituciones de crédito pueden consultar si una persona tiene deudas, también existe el Buró Laboral, en donde las empresas pueden consultar el nombre algún postulante en sus proceso de reclutamiento o dar a conocer por qué terminaron la relación laboral con alguno de sus extrabajadores, ¿pero qué pasa si tu nombre aparece ahí?
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¿Qué pasa si tu nombre aparece en el Buró Laboral?
El hecho de que tu nombre aparezca en el Buró Laboral no es impedimento para que consigas un nuevo empleo ni tampoco significa que estés 'boletinado', ni mucho menos que las empresas no deban contratarte por estar en una demanda laboral.Sólo es un medio que tienen las empresas para conocer más información de los candidatos a ocupar las vacantes.
El Buró Laboral sólo sirve para consultar referencias laborales sobre extrabajadores y las empresas suelen colocar cuál fue la causa justificada de despido, con base en lo que establece el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). De acuerdo con esta base de datos, la información sólo se brinda "con previo consentimiento del candidato".
A través de sus redes sociales, el Buró Laboral asegura que da información a las empresas con base en: "reportes laborales, pruebas de honestidad, consultas y seguimientos". Los llamados reportes laborales, afirman, "permiten conocer los datos sociolaborales de un candidato o colaborador".
¿Por qué motivos puedes aparecer en el Buró Laboral?
Los motivos para que una persona aparezca en el Buró Laboral son los siguientes, según el artículo 47 de la LFT:
- Cuando de forma previa se dio información falsa de las capacidades del trabajador para su contratación.
- Incurrir en faltas de honradez o actos de violencia durante su horario laboral.
- Ejercer faltas o actos de violencia en contra de sus compañeros.
- Cometer faltas o actos de violencia contra el patrón, directivos o sus familiares.
- Ocasionar perjuicios laborales durante el desempeño de sus labores.
- Comprometer la seguridad de las personas o del establecimiento.
- Revelar secretos de fabricación o asuntos de carácter reservado.
- Tener más de tres faltas injustificadas en un periodo de 30 días.
- Desobedecer al patrón o a sus representantes sin causa justificada.
- Negarse a seguir medidas preventivas para evitar accidentes o enfermedades durante el trabajo.
- Acudir a trabajar bajo los efectos del alcohol o algún narcótico.
- Cuando hubo una sentencia por pena de prisión.
Recordar que el mismo artículo 47 establece que el patrón debe avisar por escrito a las y los trabajadores las causas del despido, así como las fechas en que se cometieron, de acuerdo con lo establecido en dicha normativa. Dicho aviso se debe entregar al exempleado en un plazo de cinco días hábiles.
¿Un trabajador puede ser 'boletinado'?
Existe la creencia de que el Buró Laboral sirve para 'boletinar' a las y los extrabajadores, con la finalidad de que no vuelvan a ser contratados, pero eso no está permitido por la ley: el artículo 133 de la LFT establece que está prohibido emplear un sistema para que las personas separadas de sus cargos no vuelvan a ser contratadas.
De acuerdo con el Buró Laboral, las empresas no pueden usarlocomo una herramienta de "discriminación laboral", sobre todo si le mencionan al candidato que cuenta con demandas laborales. En caso de existir un posible acto de discriminación, el Buró le pide a las personas enviar un correo a la dirección clientes@blm.com.mx, para que reciban asesoría.
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Periodista con 10 años de experiencia en medios impresos y digitales (Récord, Referee y Quinto Poder). Coeditor web de hard news con enfoque en temas de política, seguridad, justicia, sociedad, CDMX y Mundo. En Radio Fórmula desde 2021.Cursé mis estudios en la UNAM Ver más






