Economía

Aguas con tu negocio: el SAT podría visitarte para revisar tus bienes y mercancías en estos casos

La autoridad fiscal podría llevar a cabo visitas domiciliarias con el objetivo de verificar que los bienes o mercancías cumplan con ciertos requerimientos

Hombre con mercancía y logo del SAT Pexels
Hombre con mercancía y logo del SAT Pexels

¡Aguas con tu negocio! Pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría visitarte para revisar tus bienes y mercancías en estos casos.

De acuerdo con el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF), la autoridad fiscal podría llevar a cabo visitas domiciliarias a los contribuyentes con el objetivo de verificar que los bienes o mercancías cumplan con ciertos requerimientos.

Es así como los casos por los cuales el SAT podría hacer visitas a tu domicilio y ‘echarle un vistazo’ a tus bienes son los siguientes:

  • Expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet y de presentación de solicitudes o avisos en materia del registro federal de contribuyentes.
  • Operación de las máquinas, sistemas, registros electrónicos y de controles volumétricos, que estén obligados a llevar.
  • Envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas y cuenten con el marbete o precinto correspondiente o, en su caso, que los envases que contenían dichas bebidas hayan sido destruidos.
  • Cajetillas de cigarros para su venta en México contengan impreso el código de seguridad o, en su caso, que éste sea auténtico.
  • Documentación o comprobantes que acrediten la legal propiedad, posesión, estancia, tenencia o importación de las mercancías de procedencia extranjera.
  • Autorizaciones, concesiones, padrones, registros o patentes establecidos en la Ley Aduanera, su Reglamento y las Reglas Generales de Comercio Exterior que emita el SAT.
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Código Fiscal de la Federación

¿Cómo serán las visitas que te realice el SAT?

Por su parte, según lo indicado en el artículo 49 del SAT, las visitas se llevarán a cabo en el domicilio fiscal, establecimientos, bodegas, oficinas, almacenes o puestos fijos o semifijos en la vía pública de los contribuyentes.

En caso de que un asesor de la autoridad fiscal llegue a tu domicilio deberá realizar el siguiente procedimiento:

  • Lo primero será entregarte una orden de verificación.
  • Después los visitadores se deberán identificar ante la persona con quien se entienda la diligencia, requiriéndola para que designe dos testigos.
  • Posteriormente se levantará el acta en la que se constará en forma circunstanciada los hechos u omisiones conocidos por los visitadores, o, en su caso, las irregularidades detectadas durante la inspección.
  • En caso de negarte a firmar la diligencia, se asentará esta acción sin que afecte su validez
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Mujer revisando mercancías

Ya conoces los casos por los que el SAT podría visitarte para revisar tus bienes y mercancías, así que tómalo en cuenta si tienes un negocio.

Licenciada en Periodismo por el CEU-PART y Maestra por la Universidad de la Comunicación. Mi misión es recorrer México para que tú no tengas que adivinar a dónde ir; desde ese rincón secreto que nadie conoce hasta el platillo que te cambia el día. También te comparto mis imperdibles de estilo de vida, restaurantes y tips para que tu vida sea más fácil. Ver más


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