Ojito, conductores: 2 multas de tránsito muy comunes en CDMX después de las 7 pm que salen en casi 5 mil pesos
Los conductores que circulan en la CDMX deben cumplir con un requisito al anochecer. Si no sabes cuál es, aquí te decimos de qué se trata ¡Evita infracciones!

Si conduces en la CDMX pero todavía no eres un experto en el Reglamento de Tránsito, entonces debes poner atención a las 2 multas de tránsito muy comunes a las que te expones después de las 7 pm.
Recuerda que el desconocimiento de la Ley no te exime de las responsabilidades de incumplirla. En ese sentido, si cometes alguno de los errores a los que nos referimos, podrías recibir sanciones de casi 5 mil pesos.
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¿Cuáles son las multas de tránsito a las que te expones en la CDMX después de las 7 pm?
En la Ciudad de México la luz natural del día desaparece alrededor de las 7 pm; en época de invierno incluso ocurre antes, poco después de las 6 pm.
Por eso se pide a los conductores y conductoras que activen sus luces, con el objetivo de reducir los riesgos viales derivados de la baja de visibilidad para otros automovilistas, ciclistas y peatones.
Hay otros casos excepcionales en donde es necesario activar la iluminación externa del carro durante el día, eso es por condiciones climáticas, como cuando hay tormentas intensas o neblina.
Si no cumples, la multa por circular sin luces después de las 7 de la noche asciende a $2,799.48 pesos. Además, andar sin luces de frenado equivale a sanciones de hasta $4,779.60 pesos.
Por si fuera poco peligra tu licencia de conducir, pues según sea el nivel de gravedad detectada por el operador vial pueden restarte entre 1 y 3 puntos de dicho permiso.
¿Cuáles son las multas por no traer completos los faros y luces de un auto en la CDMX?
El artículo 40 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México aborda las características de los vehículos motorizados. Los incisos b, c y d se refieren a la necesidad de integración de luces.
b) Cuartos delanteros, de luz amarilla o blanca y cuartos traseros de luz roja;
c) Faros delanteros, que cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas, dotados de un mecanismo para cambio de intensidad;
d) Luces indicadoras de frenos en la parte trasera; direccionales y luces de parada de destello intermitente delanteras y traseras; luces para indicar movimiento en reversa; luces que iluminen la placa de matrícula posterior.
En caso de no hacer caso a esas disposiciones y traer el vehículo sin dichos aditamentos, las multas son de 5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente. En 2026 eso se traduce a infracciones de $586.55, $821.17 y hasta $1 mil 173.1 pesos.
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Comunicadora mexiquense con 9 años de experiencia en medios digitales, egresada de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación de la UNAM. Especializada en contenido relacionado con trámites, autos, sector inmobiliario, multas, estudios de Profeco y datos curiosos. Ver más







