Sigue contingencia: lista de autos que no circularán mañana en CDMX y Edomex
Se mantiene esta medida "con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud, así como para reducir la emisión de contaminantes".

LaComisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que continúa lacontingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).
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"Lo anterior debido a que al finalizar la tarde de hoy, las condiciones meteorológicas fueron adversas para la dispersión de los contaminantes en la ZMVM, comenzado a las 15:00 con una concentración de 155 ppb en la estación Gustavo. A Madero", señaló la Comisión.
A lo anterior se sumóun incremento de la concentración a las 16:00 horas de 167 ppb de ozono en la estación Gustavo A Madero y 157 ppb en la estación Benito Juárez; a las 17 horas, siete estaciones estaban por arriba de valores de contingencia, con un máximo de 166 ppb en tres de ellas. Alas 18:00 horas, tres estaciones mantenían aún concentraciones por arriba de 154 ppb y a las 19:00 horas siete estaciones estaban por arriba del valor de norma (90 ppb).
¿Qué autos no circularán por contingencia ambiental?
Debido a lo anterior, mañana miércoles 19 de marzo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4
4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículosque portan holograma 2.
5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanquesestacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa deAutorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar decircular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Por otro lado, podrán circular:
- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Vehículos que porten holograma “0” o “00” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I.
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Periodista mexicana egresada de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. De 2017 a 2019 trabajé como redactora en Milenio; de 2019 a 2022 escribí para Quinto Poder. En 2023 fui reportera en la agencia feminista Cimacnoticias, donde también co-conduje el programa radiofónico De la X a la Y en Ibero 90.9 FM. Me especializo en temas de política, género y derechos humanos. Ver más

















