CDMX

Entran en vigor nuevas reglas de tránsito en CDMX: Habrá multas de hasta 68 mil pesos

Las personas interesadas en solicitarla una licencia para conducir vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas deberán acreditar que cuentan con los conocimientos suficientes.

El cambio principal al Reglamento de Tránsito se centra en la modificación del límite de velocidad a 30 kilómetros por hora. Crédito: Gemini
El cambio principal al Reglamento de Tránsito se centra en la modificación del límite de velocidad a 30 kilómetros por hora. Crédito: Gemini

Es oficial: se modificó el Reglamento de Tránsito para establecer nuevos lineamientos para los vehículos que transportan sustancias peligrosas. En caso de incumplirse las nuevas directrices, habrá multas de hasta 68 mil pesos. Te contamos más al respecto.

Pablo Vázquez Camacho, titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (SSC-CDMX) detalló que, aunque el reglamento con estas nuevas modificaciones fue publicado el pasado 10 de octubre, la aplicación de sanciones arrancará en los próximos días.

“Estamos trabajando con los equipos en el diseño de los operativos. No queremos que haya errores en la aplicación”, explicó el funcionario en conferencia de prensa.

Este es el límite de velocidad que debe respetarse para evitar una multa

El cambio principal al Reglamento de Tránsito se centra en la modificación del límite de velocidad a 30 kilómetros por hora en vías secundarias y también hace una prohibición para que los vehículos que transportan sustancias peligrosas no puedan circular en vías de acceso controlado.

En caso de incumplir esta medida, o alguna de las que te hablaremos a continuación, la sanción mínima será de 100UMAs y la máxima de 600 UMAs, es decir, cerca de 11 mil 350 pesos y hasta ¡68 mil pesos! Es decir, poco más de 11 mil pesos de diferencia.

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La multa mínima podría ser de 11 mil 350 pesos. Crédito: Canva

Estas son otras reglas que deberán seguir los vehículos que transportan sustancias peligrosas

De igual, forma ahora el artículo 120 del Reglamento de la Ley de Movilidad establece que al realizar el trámite de alta de vehículos para el servicio de transporte de carga de sustancias tóxicas o peligrosas, estos deberán contar con el Dictamen de seguridad otorgado por la autoridad competente, en el cual se avala el conocimiento en el manejo de las mismas.

En el artículo 126 se asigna la Licencia tipo “E12” para la conducción del transporte especializado que así establezca la secretaría, mientras que la Licencia tipo “E13” será exclusiva para la conducción de vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas.

Finalmente, el artículo 128 agrega que para la expedición de la Licencia tipo “E13”, la persona interesada en solicitarla deberá acreditar que cuenta con los conocimientos suficientes en la conducción de vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas.

Periodista mexicana egresada de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. De 2017 a 2019 trabajé como redactora en Milenio; de 2019 a 2022 escribí para Quinto Poder. En 2023 fui reportera en la agencia feminista Cimacnoticias, donde también co-conduje el programa radiofónico De la X a la Y en Ibero 90.9 FM. Me especializo en temas de política, género y derechos humanos. Ver más


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